22 abr 2018

Nueva prórroga para la entrada en vigor de la Ley del Registro Civil



LA COMISIÓN DE JUSTICIA ACUERDA PRORROGAR LA ENTRADA EN VIGOR DE LA LEY DE REGISTRO CIVIL HASTA EL 30 DE JUNIO DE 2020, TAL Y COMO RECLAMÓ CCOO Y LAS DEMÁS ORGANIZACIONES SINDICALES
CCOO defiende que dicha prórroga debería ir más allá de simplemente aplazar su entrada en vigor, debiendo incluir que el Registro Civil será prestado por el personal de la Administración de Justicia y el mantenimiento de su estructura territorial.
La prórroga de la vacatio legis supone automáticamente la prórroga de la entrada en vigor de la competencia de los Notarios para tramitar expedientes previos al matrimonio civil

La Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados acordó el jueves por decisión mayoritaria prorrogar dos años más la entrada en vigor de la Ley 20/2011 del Registro Civil, de forma que dicha Ley entre en vigor el 30 de junio de 2020. Dicha prórroga se hará mediante una enmienda que se introducirá en una Proposición de Ley de reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil que está en trámite parlamentario (finalizado el periodo de presentación de enmiendas, pendiente de aprobación por dicha Comisión con iniciativa legislativa plena), y que luego debe ser convalidada por el Senado.

De esta forma, los partidos políticos dan respuesta, en parte, a la exigencia de CCOO, que ante la imposibilidad de la toma en consideración de la Proposición de Ley de reforma de la Ley de Registro Civil presentada por el Grupo Parlamentario de Podemos en este periodo de sesiones, habíamos solicitado la inmediata presentación de una nueva prórroga de la vacatio legis por un plazo mínimo de dos años de la Ley 20/2011.

La prórroga de vacatio legis es la consecuencia inevitable del rechazo en febrero a la toma en consideración de la Proposición de Ley de reforma de la Ley 20/2011, presentada por el Partido Popular, y la imposibilidad de la toma en consideración en este periodo de sesiones de la Propuesta de Ley de reforma de la Ley 20/2011 presentada por Podemos. La Ley 20/2011 no podía entrar en vigor el 30 de junio de 2018 porque falta su desarrollo tecnológico (implantación de programa para registro electrónico único, digitalización de todos las inscripciones posteriores a 1950), orgánico (cuál es su estructura territorial definitiva, quiénes son sus Encargados), funcional (a qué administración pertenece su personal) y reglamentario (normas de desarrollo de la Ley).

A falta de conocer el texto de la enmienda de la Ley 20/2011 para la prórroga de la vacatio legis, es bastante probable que ésta se limite a modificar la fecha de su entrada en vigor establecida en la Disposición Final Décima.

Frente a otras propuestas que han solicitado, sin más, esta prórroga, CCOO defiende que la misma debería ir más allá, debiendo incluir que el Registro Civil será prestado por el personal de la Administración de Justicia, el mantenimiento de las Oficinas de Registro actuales (una por partido judicial) y de las funciones delegadas de los Juzgados de Paz, puntos que tenían en común las Proposiciones de Ley del PP y Podemos y que, al menos respecto del primero de los puntos, había manifestado su conformidad Ciudadanos.

Y ello porque la mera prórroga de la vacatio legis, si bien es una solución a corto plazo que permite mantener, por ahora, los Registros Civiles conforme a su estatus actual (dentro de la Administración de Justicia, cercano a los ciudadanos, servidos íntegramente por personal de la Administración de Justicia) no soluciona de forma definitiva el problema que la redacción vigente de la Ley 20/2011 motivó, y que dio lugar al intento de privatización del Registro Civil por parte de los Registradores de la Propiedad con el apoyo de Rajoy, sino que simplemente lo aplaza.

La prórroga de la vacatio legis de la Ley de Registro Civil supone, automáticamente, la prórroga de la entrada en vigor de la competencia de los Notarios para tramitar expedientes previos al matrimonio civil, dado que conforme establece la Disposición Final Vigesimo Primera de la Ley 15/2015, de jurisdicción voluntaria, las modificaciones de los artículos del Código Civil y de la Ley de Registro Civil que lo harían posible entran en vigor “en la fecha de la completa entrada en vigor de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil”.

Una vez aprobada la prórroga de la vacatio legis, corresponde al Ministerio de Justicia elaborar y presentar un Proyecto de Ley de reforma de la Ley 20/2011 que responda de una vez a los criterios que ha manifestado el Ministro de Justicia de forma reiterada ante las organizaciones sindicales, y que a nuestro juicio contiene la Proposición de Ley presentada por Podemos.

CCOO seguirá defendiendo, tal y como parece que el Ministerio de Justicia ha asumido, que el Registro Civil siga siendo un servicio público, gratuito, cercano a los ciudadanos, con los LAJ como Encargados del mismo, servido íntegramente por personal de la Administración de Justicia, con Oficinas en cada partido judicial, con funciones delegadas por los Juzgados de Paz, También defenderemos la exclusividad de los Registros Civiles para la tramitación de todos los expedientes registrales (incluidos los previos al matrimonio) y que la instrucción de las solicitudes de adquisición de la nacionalidad española por residencia vuelvan a recaer sobre las Oficinas de Registro Civil.

CCOO exigimos además al PSOE y a Ciudadanos que se unan sin tapujos a la mayoría parlamentaria y a la unanimidad sindical que defienden el mantenimiento de la estructura territorial actual de los registros civiles, con oficinas principales en todos los partidos judiciales y con oficinas delegadas en todos los Juzgados de Paz.

Asimismo, CCOO entiende necesario (y hasta obligatorio, a la vista del informe del Defensor del Pueblo 2017 en esta materia) que el Gobierno modifique ya el Real Decreto 1004/2015, que aprobó el Reglamento para la tramitación de las solicitudes de adquisición de nacionalidad española por residencia, a fin de que los ciudadanos extranjeros puedan volver a recibir información sobre los trámites de nacionalidad, revisar sus documentos y presentar sus solicitudes a través de los Registros Civiles, tal y como sucedía hasta junio de 2017. Al efecto, CCOO se va a dirigir al Ministro de Justicia interesando la reforma urgente de dicho Real Decreto.