4 ene 2023

CCOO solicita al Ministerio de Justicia una aclaración sobre la acreditación del mérito de servicios prestados en los procesos selectivos de estabilización

   

CCOO solicita al Ministerio de Justicia una aclaración sobre la acreditación del mérito de servicios prestados en los procesos selectivos de estabilización

 

Recomendamos a quienes se inscriban en estos procesos de concurso y de concurso-oposición que, nada más finalizar el plazo de presentación de instancias,  soliciten por escrito el certificado de servicios prestados en el caso de que tengan experiencia previa en otro ámbito territorial distinto de aquél en el que se presenten y conserven el justificante de esta solicitud

 

El Ministerio de Justicia ha publicado en su página web la siguiente información:


1. Las valoraciones para la fase concurso de méritos de los apartados:

C. Calificaciones de ejercicios en procesos anteriores

D. Servicios prestados en la Administración del Estado

Serán aportadas de oficio por parte de la Administración, por lo que no será necesario que las personas opositoras soliciten certificaciones de dichos apartados.


2. Por lo que respecta al apartado A, Títulos y grados académicos, dichas titulaciones serán consultadas en las bases de datos del Ministerio de Educación, por lo que tampoco será necesario adjuntar los justificantes.

Todo ello siempre y cuando las personas opositoras no hayan marcado la casilla correspondiente en el formulario de inscripción por la que se deniega la autorización a la Administración para la consulta de sus datos.

En el caso de que la información proporcionada por la administración no coincida con la que obra en poder de las personas opositoras, una vez publicadas las listas provisionales de méritos, se abrirá un plazo de alegaciones para las subsanaciones.

Todos los méritos se valorarán hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.


Entre otras informaciones, se contiene que las valoraciones para la fase de concurso de méritos del apartado "D. Servicios prestados en la Administración del Estado"  "serán aportadas de oficio por parte de la Administración, por lo que no será necesario que las personas opositoras soliciten certificaciones de dichos apartados".

Sin embargo, la base 7.2. de la convocatoria establece que "el mérito experiencia como personal interino, si se ha obtenido en más de un ámbito territorial o en uno distinto a aquel en el que se presenta deberá ser acreditado por la persona aspirante".

Y además, en la introducción del Anexo II de dichas bases, se dispone que "La acreditación del tiempo de servicios prestados como personal funcionario interino en la Administración de Justicia, en el ámbito del Ministerio de Justicia, se aportará de oficio por el órgano competente. No obstante, cuando la persona aspirante aporte méritos como personal interino en distintos territorios de aquel por el que se presenta, podrá aportar justificante del tiempo prestado como personal interino o sustituto en esos otros territorios o en su caso y, de no obrar en su poder, justificación de haber sido solicitados al órgano certificante, a ser adecuadamente baremados para lista provisional de méritos que se emita, agilizando el proceso de baremación de este mérito. En otro caso se reclamará de oficio por la Administración convocante a las Administraciones en cuyo poder obren estos datos."

 

Como CCOO defendimos durante la negociación de estos procesos selectivos entendemos que este mérito debe ser valorado de oficio en cualquier caso, aunque en aras de la agilización de los procesos, propusimos subsidiariamente que bastase la solicitud efectuada a la administración competente y la posterior comprobación por el tribunal convocante.

Es por todo ello que hemos solicitado al Ministerio de Justicia la modificación de la nota informativa publicada, por un lado, sustituyendo la expresión "Administración del Estado" por la de "Administración de Justicia" y, por otra parte, expresándose con claridad que la experiencia previa adquirida en el territorio convocante se acreditará de oficio y la adquirida en otro territorio podrá acreditarse con una certificación de éste o con la simple solicitud de dicha certificación, coincidiendo con la redacción de las bases de la convocatoria. Aunque, a pesar de ello, seguimos considerando que la mejor opción es tanto la experiencia previa en el territorio convocante como la de otros territorios sea acreditada de oficio.

 

En CCOO estamos trabajando para facilitar a las personas aspirantes su inscripción y participación en los procesos selectivos:

Hemos reclamado al Ministerio de Justicia la subsanación del asistente de inscripción para los procesos de concurso-oposición que, inicialmente no permitían la elección de sede de examen en el territorio dependiente del Ministerio de Justicia.

Asimismo hemos reclamado la subsanación del asistente de inscripción del proceso selectivo de tasa de reposición de Auxilio (oposición libre) que exigía obligatoriamente rellenar los campos de idioma autonómico y derecho foral para poder finalizar la solicitud.

 

Ambas incidencias han sido ya subsanadas a propuesta de CCOO.

Hemos también reclamado la resolución de la incidencia de la página web del Ministerio de Justicia que impide acceder al Anexo III del concurso de traslado de cuerpos generales y estamos a la espera de su subsanación.

 

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