jueves, diciembre 04, 2025

ACOPLAMIENTO FASE 1: REORDENACIÓN VOLUNTARIA. LISTADO DE PLAZAS Y PERSONAL A PARTICIPAR. PUBLICADO EN EIZU.

ACOPLAMIENTO FASE 1: PUBLICACIÓN DEL LISTADO DE PLAZAS VACANTES Y PERSONAL LLAMADO A PARTICIPAR EN LA REORDENACIÓN VOLUNTARIA. 

Partidos judiciales de Amurrio, Azpeitia, Balmaseda, Bergara, Durango, Gernika-Lumo, Getxo, Irun y Tolosa.


Resolución de la directora de la Administración de Justicia por la que se publica el listado de plazas vacantes y personas llamadas a participar en el proceso de reordenación voluntaria de efectivos dentro del proceso de acoplamiento del personal funcionario de los cuerpos generales de la Administración de Justicia a los nuevos puestos de trabajo de las Oficinas judiciales, oficinas de justicia en los municipios y sus agrupaciones y oficinas generales del registro civil en los partidos judiciales de Amurrio, Azpeitia, Balmaseda, Bergara, Durango, Gernika-Lumo, Getxo, Irun y Tolosa

Mediante Resolución de fecha 31 de julio de 2025, de la directora de la Administración de Justicia, se aprobaron los criterios y el desarrollo del proceso de acoplamiento para la adscripción del personal funcionario de los partidos judiciales de Amurrio, Azpeitia, Balmaseda, Bergara, Durango, Gernika-Lumo, Getxo, Irun y Tolosa.

En el artículo 5 de la mencionada Resolución, se establece que la Dirección de la Administración de Justicia publicará el listado de personas llamadas a participar en el proceso de reordenación voluntaria, así como las plazas vacantes que se van a ofertar, en el portal del personal de justicia EIZU y en la Intranet justizia.eus.

El citado precepto prevé que, en la reordenación voluntaria, el personal que voluntariamente participe en este proceso podrá optar a todos los puestos que hayan quedado vacantes en las fases anteriores.

En la adjudicación se seguirá el siguiente orden de prioridad:

1. Tendrá preferencia para reordenarse en el Servicio Común de Tramitación:

a. El personal funcionario con destino definitivo en las UPAD, excluido el personal que desempeña funciones de violencia sobre la mujer o funciones de Registro Civil.

b. El personal funcionario con destino definitivo en la Sección de Ejecución del Servicio Común General y de Ejecución.

2. Quienes no hayan podido obtener destino en las fases anteriores:

a. El personal que ha participado en el concurso específico y no ha resultado adjudicatario.

b. El personal, que aún siendo susceptible de confirmación, no se le ha ofertado puesto en la fase de confirmación al no reunir los requisitos de ninguno.

3. El resto de personal con destino definitivo en la localidad.

Por lo expuesto,

RESUELVO

Artículo 1.- Publicar el listado de personas funcionarias de carrera llamadas a participar en el proceso de reordenación voluntaria de efectivos dentro del proceso de acoplamiento en los partidos judiciales de Amurrio, Azpeitia, Balmaseda, Bergara, Durango, Gernika-Lumo, Getxo, Irún y Tolosa (en el Anexo I).

Se indica las personas que no han obtenido destino en el concurso específico y las personas a las que, aun siendo susceptibles de confirmación, no se les ha propuesto puesto alguno al no reunir los requisitos de ninguno.

Artículo 2.- Publicar el listado de plazas que se ofertan en el proceso de reordenación voluntaria de efectivos dentro del proceso de acoplamiento en los partidos judiciales de Amurrio, Azpeitia, Balmaseda, Bergara, Durango, Gernika-Lumo, Getxo, Irún y Tolosa (en el Anexo II).

Artículo 3.- El personal funcionario deberá hacer la solicitud de plazas entre el 4 y el 9 de diciembre, ambos inclusive, en el enlace que se indica a continuación

https://www.euskadi.eus/reordenacion/proceso_acoplamiento/web01-tramite/es

El personal que no presente solicitud de participación o aún presentando solicitud no obtuviera destino pasará a la reasignación forzosa.

Artículo 4.- En el plazo anteriormente señalado, el personal funcionario podrá realizar alegaciones con respecto a esta fase. Las alegaciones deberán presentarse a través del enlace anteriormente señalado.

Artículo 5.- La presente resolución tiene naturaleza de acto de trámite, no decisorio sobre el fondo del asunto, y no pone fin al procedimiento.

En consecuencia, no cabe recurso contra la misma, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.


En Vitoria-Gasteiz, a la fecha de la firma electrónica

MARIA DOLORES MOVILLA RIVAS

DIRECTORA DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA



 

Araba 945.004.917  

Bizkaia 944.016.522 - Gipuzkoa 943.004.359

Ext. 352028-352790 // 344513-344560-344561 //

 331684-331044

* junta-ccoo@justizia.eus   

* CCOO.b@justizia.eus    * CCOO.gi@justizia.eus