A pesar de que ha habido auto aclaratorio sobre la sentencia original que ha dado lugar en el Juzgado Central Contencioso-Administrativo nº 1 de la Audiencia Nacional a la extensión de efectos para el alta en la Seguridad Social, nos comunican que
la fecha tope para presentar la extensión de efectos para lograr el alta en la Seguridad Social por períodos trabajados antes del 1 de agosto de 1990,
es el 27 de septiembre de 2017.