18 may 2020

CCOO propone a los grupos políticos enmiendas para la modificación del Real Decreto-Ley 16/2020 en su trámite parlamentario, poniendo la salud como principal objetivo


CCOO PROPONE A LOS GRUPOS POLÍTICOS ENMIENDAS PARA LA MODIFICACIÓN DEL REAL DECRETO-LEY 16/2020 EN SU TRÁMITE PARLAMENTARIO COMO PROYECTO DE LEY CON CARÁCTER DE URGENCIA, ENTRE LAS QUE DESTACAN LA PROTECCIÓN DE LA SALUD COMO PRINCIPAL OBJETIVO Y QUE LA JORNADA DE TARDE Y LA MOVILIDAD SEAN SIEMPRE VOLUNTARIAS

Las enmiendas que propone CCOO mejoran la protección de la salud, priorizan la atención judicial a los colectivos más desfavorecidos, permiten el retorno del 100% de las plantillas con garantías para evitar contagios por el COVID-19 y mejoran las posibilidades de contratación de nuevo personal para atender la sobrecarga de trabajo

El Real Decreto-ley 16/2020, de 28 de abril, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia, fue convalidado la pasada semana por la mayoría del Congreso, mayoría que también acordó que pudiera ser modificado mediante enmiendas de los distintos grupos políticos con carácter de urgencia, lo que supone la reducción a la mitad de los plazos previstos para la tramitación de proyectos de ley ordinarios.

CCOO hemos remitido a todos los partidos políticos que integran los grupos parlamentarios del Congreso un documento que contiene las siguientes propuestas de enmiendas:

  • Modificación del art. 1. 2 para que ni el Consejo General del Poder Judicial ni la Fiscalía General del Estado intervengan, como se prevé en el RD-Ley, en la regulación de nuestras vacaciones si finalmente se habilitan días del mes de agosto, sino que dicha regulación sea negociada con el Ministerio de Justicia y las CCAA en sus ámbitos respectivos.
  • Añadir un nuevo artículo para que se indique claramente qué actuaciones se pueden realizar y cuáles no durante el estado de alarma, para que se prioricen las que afecten a los colectivos más vulnerables y para que se prohíba la práctica de otras actuaciones hasta que esté eliminado el riesgo de contagio, especialmente aquellas que impliquen contacto físico o salidas a la calle.
  • Añadir un nuevo artículo para que los Servicios de Prevención, con participación de los Comités de Seguridad y Salud y de los/as Delegados/as de Prevención, emitan informe sobre las medidas preventivas obligatorias en cada puesto de trabajo y para que no se pueda trabajar donde no se cumplan estas medidas. Asimismo proponemos la realización de test para descartar contagios y, mientras no sea posible, reconocimientos médicos en el mismo sentido.
  • También proponemos el alquiler o compra de nuevas instalaciones en las localidades en las que los edificios judiciales actuales no permitan garantizar la distancia de seguridad de 2 metros al 100% de la plantilla, público y profesionales.
  • Modificación del Art. 19 para que se obligue al Ministerio de Justicia y a las CCAA a disponer de los medios tecnológicos necesarios para la realización de las diligencias por videoconferencia.
    CCOO también proponemos que en el orden penal, para proteger al máximo los derechos de víctimas y personas acusadas, los juicios siempre se hagan de forma presencial, garantizando las medidas de seguridad.

  • Modificación del Art. 20 para que sean los Servicios de Prevención los que determinen la capacidad máxima de las salas de vistas y no los/as jueces/zas ni LAJ como establece el RD-Ley.
    CCOO también proponemos que se dispongan sistemas de megafonía en las llamadas para entrar en Sala por parte del personal de Auxilio Judicial, evitando constantes entradas y salidas de las salas de vistas.
  • Modificación del Art. 21 para que los equipos psico-sociales puedan también emitir informes basándose en la documentación disponible sin exploración presencial, igual que se dispone en el RD-Ley para las exploraciones médico-forenses.
  • Modificación del Art. 23.1 para que la obligación de cita previa no sea solo para la ciudadanía, sino también para colectivos profesionales.
    CCOO también proponemos que corresponda en exclusiva al cuerpo de LAJ la información telefónica y por correo electrónico.

Supresión del Art. 26 para que no haya movilidad forzosa a distinto centro de trabajo regulada por las Secretarías Coordinadoras Provinciales.

CCOO proponemos que sea mediante comisión de servicio o sustitución voluntarias como se cubran las necesidades de plantilla o refuerzos así como la contratación de personal interino donde sea necesario.

Modificación del art. 27.1 para que la jornada de tarde sea siempre voluntaria y con una duración de 2/3 de la jornada de mañana.

CCOO también proponemos que se garantice en la Ley la limpieza y desinfección entre un turno y otro de mañana y tarde quedando la clara la prohibición de que entre el nuevo turno si no se ha procedido a esta limpieza y desinfección.

  • Añadir un nuevo artículo para que todas las administraciones dispongan en el plazo de quince días obligatoriamente de sistemas que permitan el teletrabajo y que se implante previa negociación colectiva con las organizaciones sindicales.
  • Añadir una nueva disposición final para modificar el art. 347 bis, 5.b) la LOPJ que con la redacción actual impide la contratación de más personal cuando se nombren jueces/zas de refuerzo.