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NUEVO PLAZO DE 5 AÑOS (EN VEZ DEL ANTERIOR DE 6 MESES) PARA SOLICITAR EL SUBSIDIO DE JUBILACIÓN DE LA MUGEJU
TRIBUNAL SUPREMO
· Sentencia de 9 de diciembre de 2021, de la Sala Tercera del Tribunal
Supremo, que declara desestimar el recurso de casación número 2321/2020 contra
la sentencia de 17 de octubre de 2019 dictada por la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, y anular
el inciso "de seis meses" del artículo 103.3 del Reglamento del
Mutualismo Judicial, aprobado por el Real Decreto 1026/2011, de 15 de julio.
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(BOE-A-2022-1716 - 1 pág. - 188 KB)
En el anterior enlace del BOE
del pasado 3 de febrero de 2022 se publicó la ST del TRIBUNAL SUPREMO por la
que se anulaba el plazo de prescripción
de 6 meses para solicitar el Subsidio de Jubilación.
A partir de esa fecha se
deberá estar al plazo de prescripción aplicable al reconocimiento de
prestaciones en la misma extensión que en los Regímenes especiales de Seguridad
Social de los Funcionarios Públicos, es decir, el de 5 AÑOS, por aplicación del art. 12.3 del texto refundido de
las disposiciones legales vigentes sobre el Régimen especial de Seguridad
Social del personal al servicio de la Administración de Justicia, aprobado por
Real Decreto Legislativo 3/2000, de 23 de junio.
Para su cumplimiento,
hoy se ha publicado en el web de la Mugeju la Circular nº 100 que desde el 3 de
febrero de 2022, adapta ese nuevo plazo de
prescripción para la solicitud del subsidio de 5 años a partir del hecho
causante y que anula el inciso «de seis meses» del artículo 103.3 del
Reglamento del Mutualismo Judicial, aprobado por el Real Decreto 1026/2011, de
15 de julio.
Circular Nº 100, de la Gerencia de la Mutualidad General Judicial
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