7 feb 2022

Circular de la Mugeju que adapta la ST del TS que anula el plazo prescripción de 6 meses para solicitar el subsidio de jubilación.

 

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NUEVO PLAZO DE 5 AÑOS (EN VEZ DEL ANTERIOR DE 6 MESES) PARA SOLICITAR EL SUBSIDIO DE JUBILACIÓN DE LA MUGEJU


TRIBUNAL SUPREMO

· Sentencia de 9 de diciembre de 2021, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que declara desestimar el recurso de casación número 2321/2020 contra la sentencia de 17 de octubre de 2019 dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, y anular el inciso "de seis meses" del artículo 103.3 del Reglamento del Mutualismo Judicial, aprobado por el Real Decreto 1026/2011, de 15 de julio.

oPDF (BOE-A-2022-1716 - 1 pág. - 188 KB)

 

oOtros formatos

En el anterior enlace del BOE del pasado 3 de febrero de 2022 se publicó la ST del TRIBUNAL SUPREMO por la que se anulaba el plazo de prescripción de 6 meses para solicitar el Subsidio de Jubilación.

A partir de esa fecha se deberá estar al plazo de prescripción aplicable al reconocimiento de prestaciones en la misma extensión que en los Regímenes especiales de Seguridad Social de los Funcionarios Públicos, es decir, el de 5 AÑOS, por aplicación del art. 12.3 del texto refundido de las disposiciones legales vigentes sobre el Régimen especial de Seguridad Social del personal al servicio de la Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2000, de 23 de junio.

 

Para su cumplimiento, hoy se ha publicado en el web de la Mugeju la Circular nº 100 que desde el 3 de febrero de 2022, adapta ese nuevo plazo de prescripción para la solicitud del subsidio de 5 años a partir del hecho causante y que anula el inciso «de seis meses» del artículo 103.3 del Reglamento del Mutualismo Judicial, aprobado por el Real Decreto 1026/2011, de 15 de julio.

 

Circular Nº 100, de la Gerencia de la Mutualidad General Judicial

 

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