EL MINISTERIO DE JUSTICIA MODIFICA SU NOTA INFORMATIVA DE SU WEB SOBRE LOS PROCESOS DE ESTABILIZACIÓN CONVOCADOS.
Los
servicios prestados en la Administración de Justicia en el ámbito del
Ministerio de Justicia serán aportados de oficio por el órgano competente,
pero, en todo caso, si se ha prestado servicios en ámbitos distintos de aquel
que se presente, valdrá la justificación de haber sido solicitados al
órgano certificante
Esta es la
nueva nota publicada por el Ministerio de Justicia que rectifica la anterior:
NOTA
INFORMATIVA SOBRE LAS VALORACIONES DE LA FASE DE MÉRITOS
Sobre
las valoraciones para la fase concurso de méritos de los apartados:
A. Títulos y grados académicos
Dichas
titulaciones serán consultadas en las bases de datos del Ministerio de
Educación, por lo que no será necesario adjuntar los títulos
correspondientes.
C. Calificaciones de ejercicios en procesos anteriores
Serán
aportadas de oficio por parte de la Administración, por lo que no será
necesario que las personas opositoras soliciten certificados de notas.
D. Servicios prestados en la Administración de Justicia
La acreditación del tiempo de servicios prestados como funcionarios interinos en la Administración de Justicia, en el ámbito del Ministerio de Justicia, se aportará de oficio por el órgano competente. No obstante, cuando la persona aspirante aporte méritos como personal interino en distintos territorios de aquel por el que se presente, podrá aportar justificante del tiempo prestado como personal interino o sustituto en esos territorios o en su caso, y de no obrar en su poder, justificación de haber sido solicitados al órgano certificante, para así poder ser adecuadamente baremados para la lista provisional de méritos que se emita, agilizando el proceso de baremación de ese mérito. En todo caso, se reclamará de oficio por la Administración convocante a las Administraciones en cuyo poder obren esos datos.
Todo ello siempre y cuando las personas opositoras no hayan marcado la casilla correspondiente en el formulario de inscripción por la que se deniega la autorización a la Administración para la consulta de sus datos.
En el caso de que la información proporcionada por la administración no coincida con la que obra en poder de las personas opositoras, una vez publicadas las listas provisionales de méritos, se abrirá un plazo de alegaciones para las subsanaciones.
Todos
los méritos se valorarán hasta la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes.
Enlace a la
nota modificada y publicada en la web del Ministerio de Justicia:
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NOTA INFORMATIVA SOBRE
LAS VALORACIONES DE LA FASE DE MÉRITOS
2 de enero de 2023
o NOTA INFORMATIVA SOBRE LAS
VALORACIONES DE LA FASE DE MÉRITOS2 (pdf. 25.41 KB)
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