30 dic 2024

Publicación en el BOE 30.12.24 aspirantes aprobados en Procesos selectivos de Tramitación y Auxilio Judicial, concurso de méritos estabilización.

 



Publicación en el BOE 30.12.24 de aprobados en Procesos selectivos de Tramitación y Auxilio Judicial, concurso de méritos estabilización.


Estimadas compañeras y compañeros en el BOE de hoy, 30 de diciembre de 2024 se han publicado la relación de aprobados de los Cuerpos de Auxilio y Tramitación del concurso de méritos del proceso de estabilización.

Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia

·         Orden PJC/1496/2024, de 19 de diciembre, por la que se publica la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo extraordinario para acceso, por el sistema general de acceso libre, por el sistema de concurso, al Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, convocado por Orden JUS/1288/2022, de 22 de diciembre.

 

oPDF (BOE-A-2024-27412 - 60 págs. - 2.530 KB)

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Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia

·         Orden PJC/1497/2024, 23 de diciembre, por la que se publica la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo extraordinario para acceso, por el sistema general de acceso libre, por el sistema de concurso, al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, convocado por Orden JUS/1288/2022, de 22 de diciembre.

 

oPDF (BOE-A-2024-27413 - 61 págs. - 2.507 KB)

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En ambas ordenes se ha acordado:

 Primero. Hacer pública la relación de personas aspirantes que han superado el proceso selectivo que figura en el anexo II de esta orden. 

Segundo. En el plazo de diez días hábiles, desde la publicación de esta orden en el «Boletín Oficial del Estado», las personas aspirantes que figuran en el anexo II presentarán en el Registro General de este Ministerio, calle de La Bolsa, número 8, código postal 28071 de Madrid, o bien, en los Registros de cualquiera de los órganos previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y dirigida a la Unidad EA0041037-Oficina O00011588-Medios Personales. Procesos Selectivos, la siguiente documentación:

a) Las personas aspirantes que tengan la condición legal de personas con discapacidad, con grado igual o superior al 33 por 100, deberán presentar certificación de los órganos competentes que acredite tal condición (en caso de que ésta no se haya acreditado con anterioridad) y certificado médico oficial que acredite su capacidad funcional para desempeñar las tareas y funciones propias del Cuerpo por el que se presentan.

b) Certificado médico oficial que acredite su capacidad funcional para desempeñar las tareas y funciones propias del Cuerpo.

c) Las personas aspirantes que, en su solicitud de participación inicial, no hayan prestado expresamente su consentimiento para que los datos referidos a su identificación personal y a sus titulaciones o certificaciones académicas puedan ser consultados y verificados de oficio por el órgano instructor de este proceso selectivo, deberán aportar también:

Copia auténtica del documento nacional de identidad, o equivalente.

Copia auténtica del título exigido en la convocatoria o certificación académica acreditativa de tener aprobadas todas las asignaturas que le capacitan para la obtención del mismo, acompañando el resguardo justificativo de haber abonado los derechos para su expedición.

d) En el supuesto de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá presentarse copia auténtica de la documentación que acredite su homologación, o en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia.

e) Declaración jurada de no hallarse comprendido en causa de incompatibilidad ni estar inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, en vía disciplinaria o judicial, ni haber sido separado mediante procedimiento disciplinario de ninguno de los Cuerpos al servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, salvo que hubiera sido rehabilitado (anexo I).

Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo causa de fuerza mayor, no presentaren la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos establecidos, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera y quedaran anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren podido incurrir por falsedad en la solicitud inicial. 

Tercero. 

La petición de destinos se realizará de acuerdo con las instrucciones contenidas en la Resolución de la Dirección General para el Servicio Público de Justicia que oferte vacantes a las personas aspirantes aprobadas. Toda la información relacionada con los diferentes aspectos del desarrollo del procedimiento de nombramiento como personal funcionario de carrera se publicará en la página web del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes. 


Aclaraciones sobre la documentación a presentar: 

Además del certificado médico, hay que firmar y remitir “Declaración responsable de no hallarse comprendido en causa de incompatibilidad ni estar inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, en vía disciplinaria o judicial, ni haber sido separado mediante procedimiento disciplinario de ninguno de los cuerpos al servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, salvo que hubiera sido rehabilitado”. Esta Declaración se encuentra en el Anexo I de la Orden por la que se publica la relación definitiva de aspirantes que han aprobado el proceso selectivo. 

El certificado tiene que ser en el impreso oficial y se vende al público en los Colegios Médicos y también en estancos y farmacias.

El certificado debe reflejar que se posee la capacidad funcional para desempeñar las tareas y funciones del cuerpo de que se trate. Sirve cualquier médico colegiado, por lo que el médico que los suscriba puede ser: de los servicios públicos de salud (aunque no están obligados a hacerlo), de consultas privadas, o de los centros de renovación de permisos de conducir, armas, etc. 

Tanto el certificado médico como la declaración del Anexo I, se deben presentar en el plazo de diez días hábiles, contados desde el día siguiente a la publicación en el BOE de la Orden por la que se publica la relación definitiva de aspirantes que han aprobado el proceso selectivo, en el Registro General del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes (c/ Bolsa, n.º 8, 28071 Madrid) por los medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidos a la “Unidad EA0041037-Oficina O00011588-Medios Personales. Procesos Selectivos”.

Se puede presentar, por tanto, a través de las oficinas de Correos (clásico envío postal) o de forma electrónica mediante DNIe, certificado electrónico cualificado, o Cl@ve a través de por ejemplo el Registro Electrónico General de la AGE.

 

El certificado tiene que ser en el impreso oficial y se vende al público en los Colegios Médicos y también en estancos y farmacias.

El certificado debe reflejar que se posee la capacidad funcional para desempeñar las tareas y funciones del cuerpo de que se trate. Sirve cualquier médico colegiado, por lo que el médico que los suscriba puede ser: de los servicios públicos de salud (aunque no están obligados a hacerlo), de consultas privadas, o de los centros de renovación de permisos de conducir, armas, etc. 

Felicidades a los aprobados y aprobadas!!!!!




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