ACUERDO DEL TRIBUNAL CALIFICADOR ÚNICO DEL PROCESO SELECTIVO PARA INGRESO POR EL SISTEMA GENERAL DE ACCESO POR PROMOCIÓN INTERNA EN EL CUERPO DE TRAMITACIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA DE LA ADMINSTRACIÓN DE JUSTICIA, CONVOCADO POR ORDEN PJC/150/2024, DE 19 DE FEBRERO.
Reunido el Tribunal Calificador Único de las pruebas selectivas para acceso, por el turno de promoción interna, al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, adopta el siguiente
ACUERDO:
PRIMERO - El Tribunal Calificador, conforme a lo dispuesto en la base 7.3 de la convocatoria, dará comienzo a la fase de concurso en la que se valorarán los méritos, que se detallan en el baremo contenido en el Anexo I-B de la Orden de convocatoria, a los aspirantes de la lista definitiva de aprobados de la fase de oposición.
Se computarán los méritos causados hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes (22 de marzo incluido).
Se establece un plazo de veinte días hábiles, contados a partir del 14 de octubre de 2024, para presentar la documentación acreditativa, en original o copia auténtica, únicamente de los méritos indicados en los epígrafes 2.2 y 2.3 del baremo contenido en el anexo I-B de la presente orden. Los aspirantes que concurran por Comunidades Autónomas con ejercicios optativos aportarán en este mismo momento las certificaciones acreditativas de los conocimientos correspondientes.
El plazo será desde el día 14 de octubre al 11 de noviembre de 2024, ambos inclusive; fuera de este plazo y forma no se admitirán la aportación de documentación.
La aportación de estos méritos se realizará exclusivamente de forma telemática en un aplicativo al que tendrán acceso los opositores aprobados:
El Manual de instrucciones, para la presentación de dichos méritos, así como el enlace al aplicativo informático asistente, para la aportación telemática de los mismos, se publican junto a este acuerdo en la página web del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.
SEGUNDO. - La comprobación de los méritos de los apartados méritos profesionales y 2.1 se hará de oficio, salvo que las personas opositoras que en su solicitud inicial de participación no hayan presado su consentimiento para que el órgano gestor de este proceso selectivo pueda verificar de oficio sus titulaciones o certificaciones académicas, deberán aportar también estas, de entre las valoradas en el apartado A del baremo conforme a lo dispuesto en la base 7.3 de la Convocatoria.
TERCERO. - Una vez incorporados los datos de oficio y revisados los méritos según las certificaciones aportadas, el Tribunal Calificador Único publicará en la página web la valoración provisional de méritos de la fase de concurso, con indicación de la puntuación obtenida en cada apartado (incorporados ya los méritos de oficio) y de la puntuación total, abriéndose un plazo para efectuar las alegaciones pertinentes, en la forma que se indicará en ese momento.
Madrid a 11 de octubre de 2024
EL SECRETARIO DEL TRIBUNAL CALIFICADOR ÚNICO.
Pablo Masa Timón
ACUERDO DEL TRIBUNAL CALIFICADOR ÚNICO POR EL QUE SE ABRE EL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE MÉRITOS.
Enlace para el acceso al aplicativo de presentación de méritos:
https://pubwebseal.justicia.es/sap/public/sap/bc/webdynpro/sap/zasis_co_pi_acceso#
Araba 945.004.917 - Bizkaia 944.016.522 - Gipuzkoa 943.004.359
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