RESOLUCIÓN DE 5 DE JULIO DE 2021, DEL DIRECTOR DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, DE CORRECCIÓN DE ERRORES DE LA RESOLUCIÓN DE 28 DE MAYO DE 2021, POR LA QUE SE HACEN PÚBLICAS LAS RELACIONES DEFINITIVAS BAREMADAS DE LAS PERSONAS INTEGRANTES DE LAS BOLSAS DE TRABAJO PARA LA COBERTURA DE NECESIDADES TEMPORALES DE PERSONAL AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO, TRAS LA ACTUALIZACIÓN DE LAS BOLSAS DE TRABAJO.
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO. ‐ Por Resolución de 18 de febrero de 2021, del Director de la Administración de Justicia, se procedió a la actualización de las bolsas de trabajo para la cobertura de necesidades temporales del personal al servicio de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma del País Vasco. La Resolución de 5 de abril de 2021, del Director de la Administración de Justicia, aprobó las relaciones provisionales baremadas de las personas integrantes de las bolsas de trabajo para la cobertura de necesidades temporales de personal al servicio de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma del País Vasco, concediendo un plazo de diez días hábiles para formular ante la Dirección de la Administración de Justicia, reclamación, debidamente documentada, sobre cualquiera de los datos contenidos en dicha relación.
SEGUNDO. – Cerrado el plazo de alegaciones y examinadas estas y los nuevos méritos y documentación presentada por el personal de las bolsas de trabajo, la Resolución de 28 de mayo de 2021, del Director de la Administración de Justicia, hace públicas las relaciones definitivas baremadas de las personas integrantes de las bolsas de trabajo para la cobertura de las necesidades temporales de personal al servicio de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma del País Vasco, tras la actualización de las bolsas de trabajo. La publicación en el Portal se realizó con fecha de 28 de mayo de 2021. Se indica que, contra la misma podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejera de Justicia en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO. ‐ En tiempo y forma, se han presentado dos recursos contra la Resolución de 28 de mayo de 2021, del Director de la Administración de Justicia, en los que se ponen de manifiesto errores en el listado publicado, al haberse utilizado una letra distinta a la “B” en la en la puntuación de los méritos, según lo dispuesto en la Orden de 30 de noviembre de 2020, de la Consejera de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, por la que se aprueba la normativa sobre gestión de listas de personas candidatas. Asimismo, en tiempo y forma, varias personas interesadas han presentado recurso contra la Resolución de 28 de mayo de 2021, del Director de la Administración de Justicia, en los que en dos de ellos se pone de manifiesto un error en la valoración de las titulaciones presentadas.
SEGUNDO. ‐ Conforme al artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, “las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho, o aritméticos existentes en sus actos.” Por ello, se procede a corregir los citados errores detectados en el listado definitivo publicado. El listado actualizado con las correcciones efectuadas se publicará en la página www. justizia.eus y en el Portal de personal de Justicia.
En su virtud,
RESUELVO
Primero. ‐ Corregir los errores detectados en los listados publicados junto a la Resolución de 28 de mayo de 2021, del Director de la Administración de Justicia.
Segundo. – Ordenar la publicación de los listados resultantes de la presente Resolución, que se adjuntan como anexo, ordenando su publicación en la página www.justizia.eus y en el Portal de Personal de Justicia.
Tercero. ‐ El nuevo orden de las bolsas de trabajo resultante de la corrección entrará en vigor el día 5 de julio de 2021.
La presente Resolución no agota la vía administrativa. Contra la misma podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejera de Justicia en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación.
Si transcurriesen tres meses desde la interposición del recurso de alzada sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado, quedando expedita la vía contencioso‐administrativa.
Vitoria‐Gasteiz, a 5 de julio de 2021
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