PLAZOS PARA PRESENTAR SOLICITUDES DE PERMISOS Y VACACIONES
Ante
la gran cantidad de consultas recibidas en CCOO
relativas a la limitación de fechas concretas para solicitar los diferentes
tipos de permisos, para vuestro conocimiento os detallamos a continuación
lo que indica el punto 4 de la sección “1.- días sin necesidad de
justificación” de la resolución de 14 de Junio de 2021. Esta imposición por
parte de la DAJ, fue una de las causas por las que CCOO fue el único sindicato que no suscribió
esta Resolución de Permisos y Licencias:
“Con carácter general, las solicitudes deberán presentarse con la siguiente antelación a la fecha de disfrute:
- Con anterioridad al 15 de junio, aquellos días de vacaciones y o disfrute de permisos superiores a 3 días, cuyo disfrute se encuentre comprendido entre el 1 de julio y el 15 de septiembre.
- Con 15 días de antelación, aquellos días cuyo disfrute coincida con Semana Santa
- Con anterioridad al 30 de noviembre, aquellos días de asuntos particulares y horas de exceso sobre la jornada anual generadas durante el año en curso, pendientes de disfrute.
- Con 10 días de antelación, el resto.
- Asimismo, el 31 de octubre será el último día de plazo para presentar la solicitud de los días de vacaciones generadas durante el año en curso y pendientes de disfrute. En todo caso, todo el personal funcionario deberá tener solicitados la totalidad de los días de vacaciones anuales antes del 31 de octubre, pudiendo esta Dirección establecer las mismas, si se advierte la omisión de esta obligación.”
Por último, dispone dicha resolución que las “vacaciones, días de asuntos particulares y horas de exceso sobre la jornada anual, deberán disfrutarse dentro del año natural, esto es entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año en que se generen.”
Sin
embargo, tras las diferentes reclamaciones realizadas por CCOO, la DAJ permitirá sólo este año y de manera excepcional
que se puedan disfrutar hasta el 15 de enero de 2022.
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