CCOO reclama a Función Pública la ampliación en casi 2000 plazas de la OEP de 2023 de la Administración de Justicia
·
Según
la información de que disponemos se aprobaron muchísimas menos plazas del 120%
de las vacantes producidas en 2022 que constituía la tasa de reposición
El Ministerio de Justicia negó a CCOO la información sobre las nuevas vacantes producidas antes de la aprobación de la OEP de 2023 (en julio de ese año) y, a través del Consejo de Transparencia, lo hemos obligado a darnos los datos que demuestran que se aprobaron menos plazas de las que había vacantes.
Con fecha 15 de febrero de 2023, CCOO remitimos escrito al Ministerio de Justicia solicitando información sobre el número de nuevas plazas vacantes generadas en los cuerpos de personal funcionario de la Administración de Justicia de 2022 con objeto de conocer el alcance para determinar la tasa de reposición aplicable en la Oferta de Empleo Público de 2023, escrito que fue reiterado con fecha 24 de mayo de 2023.
Ante la falta de contestación a dichos escritos CCOO efectuamos la misma solicitud de información al Portal de Transparencia de la Administración General del Estado que accedió a dicha solicitud enviando el Ministerio de Justicia, inicialmente, la información referente a su ámbito de gestión, pero no la correspondiente a los ámbitos territoriales gestionados por las comunidades autónomas con competencias transferidas en materia de Justicia.
CCOO efectuamos reclamación por ese motivo al Consejo de Transparencia y Buen Gobierno y éste resolvió a nuestro favor acordando que se nos facilitase la información solicitada relativa a todos los ámbitos competenciales.
El resultado de dichas solicitudes y resoluciones ha sido el envío por parte de todas las comunidades autónomas afectadas (salvo la Comunidad Valenciana) de la información solicitada.
Entretanto, sin negociación previa en la Mesa Sectorial de la Administración de
Justicia ni información a las organizaciones sindicales, la Oferta de Empleo Público de 2023 fue
aprobada por Real Decreto 625/2023, de 11 de julio, en cuyo Anexo II se
contenían las plazas aprobadas para su convocatoria de los cuerpos generales y
especiales de la Administración de Justicia.
Para el cálculo de la tasa de reposición que debe aplicarse en el cálculo de las plazas de la OEP, la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 considera a los cuerpos de personal funcionario de la Administración de Justicia sector prioritario por lo que se le asigna una tasa de reposición del 120%.
Reproducimos a continuación el punto 3 del art. 20 de la LPGE que establece las reglas para el cálculo de la tasa de reposición:
Reglas
para la aplicación de la tasa de reposición de efectivos.
1. Para
calcular la tasa de reposición de efectivos el porcentaje de tasa máximo
autorizado se aplicará sobre la diferencia entre el número de empleados fijos
que, durante el ejercicio presupuestario anterior, dejaron de prestar servicios
y el número de empleados fijos que se hubieran incorporado en el referido
ejercicio, por cualquier causa salvo los supuestos previstos en el apartado
tres.4, o reingresado desde situaciones que no conlleven la reserva de puestos
de trabajo.
A estos
efectos se computarán los ceses por jubilación, retiro, fallecimiento,
renuncia, declaración en situación de excedencia sin reserva de puesto de
trabajo, pérdida de la condición de funcionario de carrera o la extinción del
contrato de trabajo, o en cualquier otra situación administrativa que no
suponga la reserva de puesto de trabajo o la percepción de retribuciones con
cargo a la Administración en la que se cesa.
4. No
computarán para la tasa de reposición y, por tanto, no se tendrán en cuenta
para su cálculo:
a) Las
plazas que se cubran como consecuencia de la incorporación de personal en
ejecución de ofertas de empleo público de ejercicios anteriores.
b) Las
plazas que se convoquen por promoción interna, ni los ceses derivados de dichos
procesos, salvo los supuestos de acceso por este sistema al Cuerpo de
Catedráticos de Universidad, en los términos previstos en el artículo 62.2 de
la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.
f) Las
plazas necesarias para la puesta en marcha y funcionamiento de nuevos servicios
cuyo establecimiento venga impuesto en virtud de una norma estatal, autonómica
o local.
En aplicación de los puntos anteriores la tasa de reposición es la suma de las vacantes producidas por jubilaciones, fallecimientos, etc. más las plazas de nueva creación más las plazas de refuerzo convertidas en plantilla, cantidad a la que se restará el número de reincorporaciones desde situaciones de excedencia o servicios especiales sin reserva de plaza. En Justicia se aplica el 120% a la cantidad resultante y esa es la tasa de reposición.
Como para el cálculo de la tasa de reposición no computan las convocadas por promoción interna todas las plazas de reposición deben ir al turno libre.
Con estas reglas de cálculo y la información proporcionada por las distintas administraciones el resultado es el siguiente:
(1) Nuevas vacantes en 2022
(2) Tasa de reposición 120%
(3) Plazas aprobadas/convocadas en la OEP 2023
(4) Diferencia de plazas convocadas sobre tasa de
reposición
Gestión |
Tramitación |
Auxilio |
Médicos Forenses |
|||||||||||||
(1) |
(2) |
(3) |
(4) |
(1) |
(2) |
(3) |
(4) |
(1) |
(2) |
(3) |
(4) |
(1) |
(2) |
(3) |
(4) |
|
Ministerio |
114 |
136,8 |
51 |
-86 |
213 |
255,6 |
76 |
-180 |
84 |
100,8 |
35 |
-66 |
7 |
8,4 |
4 |
-4 |
Andalucía |
80 |
96 |
35 |
-61 |
296 |
355,2 |
45 |
-310 |
171 |
205,2 |
14 |
-191 |
4 |
4,8 |
1 |
-4 |
Aragón |
16 |
19,2 |
12 |
-7 |
26 |
31,2 |
15 |
-16 |
11 |
13,2 |
1 |
-12 |
0 |
0 |
1 |
+1 |
Asturias |
18 |
21,6 |
8 |
-14 |
8 |
9,6 |
8 |
-2 |
8 |
9,6 |
8 |
-2 |
|
|||
Canarias |
26 |
31,2 |
20 |
-11 |
52 |
62,4 |
13 |
-49 |
86 |
103,2 |
64 |
-39 |
||||
Cantabria |
6 |
7,2 |
3 |
-4 |
7 |
8,4 |
5 |
-3 |
3 |
3,6 |
11 |
+8 |
||||
Cataluña |
97 |
116,4 |
40 |
-76 |
213 |
255,6 |
73 |
-193 |
179 |
214,8 |
137 |
-78 |
7 |
8,4 |
5 |
-3 |
Euskadi |
35 |
42 |
18 |
--24 |
31 |
37,2 |
15 |
-22 |
15 |
18 |
8 |
-10 |
|
|||
La Rioja |
6 |
7,2 |
6 |
-1 |
8 |
9,6 |
5 |
-5 |
11 |
13,2 |
9 |
-4 |
||||
Madrid |
127 |
152,4 |
46 |
-106 |
158 |
189,6 |
97 |
-93 |
94 |
112,8 |
22 |
-91 |
3 |
3,6 |
9 |
+5 |
Navarra |
11 |
13,2 |
9 |
-4 |
11 |
13,2 |
7 |
-6 |
15 |
18 |
14 |
-4 |
1 |
1,2 |
1 |
-0 |
Galicia |
29 |
34,8 |
14 |
-21 |
63 |
75,6 |
22 |
-54 |
51 |
61,2 |
16 |
-45 |
|
|||
TOTALES |
565 |
678 |
288 |
-390 |
1086 |
1303,2 |
406 |
-897 |
677 |
812,4 |
358 |
-454 |
22 |
26,4 |
21 |
-5 |
LAJ |
Facultativos del INTyCF |
|||||||
(1) |
(2) |
(3) |
(4) |
(1) |
(2) |
(3) |
(4) |
|
TOTALES |
137 |
164,4 |
127 |
-37 |
7 |
8,4 |
3 |
-5 |
Por lo tanto, se han convocado, en relación con la
tasa de reposición del 120%, 390 plazas menos de Gestión, 897 menos de
Tramitación, 454 menos de Auxilio, 37 menos de LAJ, 5 menos de Médicos Forenses
y 5 menos de Facultativos, lo que hace un total de 1788 plazas menos. Para
estos cuerpos, la aprobación de plazas en la OEP 2023 fue de un total de 1182, es
de decir algo menos de un 40 % de la tasa de reposición.
Para CCOO no es de recibo que la OEP anual no contenga, si quiera, el número de personas de nuevo ingreso para cubrir las vacantes que se han producido en el año anterior, siendo en este caso cifras escandalosas que seguirán siendo ocupadas por personal de forma temporal contraviniendo la normativa europea.
Y todo ello a falta de los datos de la Comunidad Valenciana que, sin duda, acrecerán estas inaceptables diferencias.
Es
incomprensible que el Parlamento, a propuesta del Gobierno, incluya al personal
de la Administración de Justicia entre los sectores prioritarios para aprobar
la Oferta de Empleo Público y que ese mismo Gobierno apruebe esta OEP con menos
plazas de las vacantes que se han producido.
Es
por todo lo expuesto que CCOO
hemos reclamado a la Secretaría de Estado de Función Pública:
1.- Que se amplíen las plazas de acceso por el turno
libre de la Oferta de Empleo Público de 2023 en las siguientes
cantidades a las que se sumarán las resultantes de la información que se recabe
de la Comunidad de Valencia:
CUERPO |
Plazas
que corresponden al Ministerio de Justicia |
Plazas
que corresponden a CC.AA. |
Totales
Personal de la Admón. de Justicia |
GESTIÓN P.A. |
+86 |
+330 |
+416 |
TRAMITACIÓN P.A. |
+180 |
+742 |
+922 |
AUXILIO JUDICIAL |
+66 |
+407 |
+473 |
MÉDICOS FORENSES |
+4 |
+1 |
+5 |
LAJ |
+37 |
|
+37 |
FACULTATIVOS INTyCF |
+5 |
+5 |
Seguiremos informando….
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