- Enmiendas de CCOO para el trámite de la reforma de la LOPJ en el Senado
CCOO
REMITE A TODOS LOS GRUPOS PARLAMENTARIOS DEL SENADO PROPUESTAS DE ENMIENDAS AL
TEXTO DE REFORMA DE LA LOPJ APROBADO EN EL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
Entre
estas enmiendas figura la retirada de la reforma del art. 521 que unifica en
uno solo los centros de destino del municipio y otras importantísimas
modificaciones que afectan a nuestras condiciones de trabajo
Próxima a iniciarse la tramitación en el Senado de la proposición de ley de reforma de la LOPJ que contiene los más duros ataques de la historia a nuestras condiciones laborales, CCOO hemos remitido a todos los grupos parlamentarios del Senado un amplio documento que contiene las siguientes enmiendas al texto aprobado en el Congreso de los Diputados.
1.- Nueva redacción del art. 347 bis para que el nombramiento de jueces o juezas de refuerzo conlleve necesariamente el nombramiento también de personal de refuerzo del resto de cuerpos.
2.- Nueva redacción del art. 489 para que el límite de seis meses de duración de los nombramientos de refuerzo sea eliminado.
3.- Retirada de la reforma aprobada del art. 521 manteniéndose la relación actual de los centros de destino.
4.- Nueva redacción del art. 504 para que no haya descuentos retributivos en los casos de IT y para que los incrementos de retribuciones o trienios se hagan efectivos durante la licencia por enfermedad sin tener que esperar a la reincorporación.
5.- Nueva redacción de los artículos 301, 442 y 490 para que en todos los cuerpos generales y especiales se convoque el 50% de las plazas vacantes para el turno de promoción interna, ampliándose a la promoción interna del cuerpo de Letrados a las carreras judicial y fiscal y del cuerpo de Facultativos del INT al de Médicos Forenses y viceversa.
6.- Nueva redacción de los artículos 447, 490, 495 y 516 para el reconocimiento y retribución de la carrera profesional horizontal.
Texto del escrito remitido por CCOO a los grupos políticos del Senado:
CCOO y el resto de sindicatos mayoritarios de la Administración de Justicia hemos convocado un día de huelga en los juzgados, tribunales, fiscalías y servicios de justicia de toda España el próximo 16 de noviembre.
El motivo de dicha convocatoria ha sido la agresión sin precedentes que se está produciendo contra las condiciones de trabajo del personal de justicia en la tramitación en el Congreso de los Diputados de una Proposición de Ley de Reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial que inicialmente solo tenía el objeto de reponer los permisos recortados con motivo de la crisis económica. Esta tramitación pasa ahora al Senado y al texto original se han ido incorporando diversas enmiendas afectando algunas de ellas muy directa y negativamente al personal de justicia y al propio servicio público y que nada tienen que ver con el objeto inicial de la proposición de ley, lo que plantea un escenario de dudosa legalidad constitucional.
La convocatoria de huelga se ha efectuado en rechazo a los contenidos de estas enmiendas, especialmente la relativa al art. 521 de LOPJ y también las que se refieren a los artículos 347 bis y 489 de de dicha ley.
Pero el Congreso de los Diputados tampoco ha querido incluir en esta reforma otras enmiendas a pesar de nuestras reclamaciones, alguna de ellas que resultaba bastante obvia como era la modificación del art. 504 referido precisamente a la licencia por enfermedad y a la actualización para la eliminación de descuentos retributivos en esta situación, eliminación de descuentos que ya ha sido acordada en la LPGE de 2018 y que permanece en la redacción de la LOPJ.
Otras de las reformas que proponemos están referidas a la implantación y retribución en la Administración de Justicia de la carrera profesional horizontal prevista en el Estatuto Básico del Empleado Público y la recuperación del 50% de las plazas de las Ofertas de Empleo Público para el turno de promoción interna en todos los cuerpos funcionariales, posibilitando así la promoción profesional en nuestro ámbito.
Queremos señalar y denunciar expresamente que estas modificaciones legislativas que afectan directamente a las condiciones de trabajo del personal al que representamos se han llevado a cabo a espaldas de las organizaciones sindicales no respetándose el derecho fundamental a la libertad sindical, del que forma parte esencial el derecho a la negociación colectiva, que en estas materias es de legal y obligado cumplimiento según se establece en el art. 37 del antes mencionado EBEP. Esta falta de negociación debería, a nuestro juicio, ser motivo más que suficiente para defender y apoyar estas enmiendas que les proponemos.
ENMIENDAS A LA LOPJ PARA EL SENADO