- CCOO fuerza al Ministerio de Justicia a negociar la RPT de Mugeju en mesa sectorial, cuando junto con la gerente se negaron a hacerlo en la reunión celebrada el pasado 21 de enero.
- Si bien, se ha producido finalmente una reunión de negociación, sobre el fondo de lo sucedido ayer, tanto la gerente como el Ministerio de Justicia han mantenido una actuación intolerable y escandalosa, al no aceptar ninguna de nuestras propuestas esenciales para garantizar el cumplimiento de las sentencias ganadas por CCOO en la Audiencia Nacional, que les obliga a convocar todas las vacantes de Mugeju en el concurso de traslado.
- Han aprobado de forma unilateral una RPT que blinda la inmensa mayoría de los puestos de trabajo de servicios centrales impidiendo de facto su ocupación por el personal de la Administración de Justicia y vulnerando de hecho el artículo 521 de la LOPJ, que determina como centro de destino también la Mugeju para el personal funcionario de Justicia, y que tanto nos ha costado mantener en su redacción actual con la huelga y la manifestación del pasado 16 de noviembre .
Sin embargo, el Ministerio de Justicia y la
gerente de Mugeju dan unilateralmente por negociada en esta reunión una RPT plagada
de irregularidades, blindando los puestos de trabajo de los servicios centrales
con el único objeto de impedir su ocupación por el personal de la
Administración de Justicia por el sistema de provisión ordinario (concursos de
traslado y OEP)
LA CONFABULACIÓN DE LA GERENCIA DE LA MUGEJU Y EL MINISTERIO DE JUSTICIA MANTIENE LA ARBITRARIEDAD
Y EL NEPOTISMO EN DICHO ORGANISMO
CCOO rechaza
la RPT y comunica al final de la reunión, que
nos reservamos todas las acciones legales y sindicales necesarias para
restablecer la legalidad y la transparencia en la Mugeju
Tras la vergüenza de la llamada “audiencia previa sin negociación”, en la reunión celebrada el pasado 21 de enero en la sede de Mugeju, hoy el Ministerio de Justicia ha convocado mesa sectorial para negociar las RPT de Mugeju, y solo lo ha hecho al verse obligado, porque sabía perfectamente que estaba cometiendo una flagrante ilegalidad de la que había sido advertida por CCOO, por lo que lo hacía de manera consciente.
Pero este cambio de posición no ha modificado el contenido de lo propuesto por la Administración. Han mantenido (Ministerio y Gerencia de Mugeju) una RPT en la que la inmensa mayoría de los puestos de servicios centrales serán singularizados, además con méritos imposibles de cumplir por el personal de la Administración de Justicia que no ha trabajado en Mugeju. Es decir, se blindan casi todos los puestos de servicios centrales para imposibilitar su ocupación por las y los trabajadores de la Administración de Justicia en los concursos de traslado o en la OEP.
Publicamos el último texto de RPT que entregaron en la misma reunión de mesa sectorial con algún cambio menor (en color o tachado) sobre la propuesta anterior, para dar la falsa impresión de que estaban negociando.
ÚLTIMO TEXTO RPT ENTREGADO EN LA MESA
Todos estos datos son imprescindibles para poder abordar una negociación que pretende crear una RPT en la que casi todos los puestos de servicios centrales se pretenden singularizar (lo que nunca han sido hasta ahora), con requisitos imposibles de cumplir por trabajadores/as de Justicia externos en la actualidad a la Mugeju.
2.- Motivos y explicaciones argumentadas por los que todos los puestos de personal administrativo (según la propuesta de RPT de la gerente), que ascienden en servicios centrales a más del 78,7 % del total, se pretenden sean singularizados. No existe precedente alguno de una RPT en que los puestos administrativos sean singularizados. Ni hay justificación alguna para hacerlo, salvo intereses ocultos de la gerencia de Mugeju que cuenta con el apoyo cómplice de los responsables del Ministerio de Justicia.
3.- Cómo, si tan singularizados son los puestos de trabajo de la Mugeju, los complementos específicos de esos puestos singularizados son iguales a los de los puestos genéricos. Tampoco hay precedentes en los que los puestos singularizados no tengan retribución superior a los genéricos, tampoco en las decenas de RPT constituidas por el Ministerio de Justicia en su ámbito de competencias con la Oficina Judicial.
4.- Si la gerente de Mugeju utiliza el dinero público a su antojo de forma al menos irregular y, entendemos, inmoral (las gratificaciones otorgadas en diciembre de 2018 –hace solo dos meses- al 30 % de la plantilla, castigando al resto de la plantilla), cómo puede permitir el Ministerio de Justicia que esta partida no se haya destinado a mejorar las retribuciones del complemento específico de forma lineal para todo el personal, en la propuesta de RPT.
5.- Cómo argumenta la gerente de Mugeju y el Ministerio de Justicia que el personal de carrera de Mugeju haya accedido a puestos de trabajo de este organismo sin requisitos previos, y ahora se establezcan requisitos imposibles para estos mismos compañeros/as si no estuvieran trabajando en la actualidad en el organismo.
6.- De igual forma, cómo explican la gerente de Mugeju y el Ministerio de Justicia que las funcionarias/os de carrera que han accedido a puestos del organismo en comisión de servicio estas semanas pasadas, ahora no puedan hacerlo al convertir sus puestos en singularizados de imposible acceso.
7.- De la propuesta de RPT, CCOO exige que se deben convertir en genéricos todos los puestos de las Delegaciones provinciales y todos los puestos de personal administrativo de sección o servicio de todos los cuerpos (incluidos los puestos de secretaría de dirección) de los servicios centrales (en la última propuesta, se convierten en genéricos los de las delegaciones provinciales y los de auxilio de Madrid), y si se mantienen como singularizados los puestos de Asesor y Analista informáticos, el único requisito debe ser la titulación, y deben negociarse los méritos específicos (además de la antigüedad que según el RD 1451/2005 debe ser el 60 % del total de los méritos) que se van a evaluar, pero en cualquier caso, deben ser méritos objetivos de conocimientos que se puedan obtener sin haber trabajado previamente en Mugeju.
8.- Todos los puestos de trabajo de la RPT deben contener el detalle de la dependencia del servicio al que está adscrito el puesto de trabajo, que tampoco se determina en la entregada a las organizaciones sindicales.
9.- CCOO ha exigido también en la reunión que todas las plazas vacantes de Mugeju de más de tres años deben incluirse, como todas las de la Administración de Justicia, en la OEP 2017-2018-2019 según lo establecido en el Acuerdo de la mesa general de las AAPP en la que CCOO es el sindicato mayoritario, pues ningún centro de trabajo de la Administración de Justicia está excluido de este acuerdo.
10.- Debe eliminarse de la RPT en todos los puestos de trabajo la expresión: “realización de aquellas tareas que les sean encomendadas por sus superiores y que resultan necesarias por necesidades del servicio”
El Ministerio de Justicia y la gerente de Mugeju no han aceptado ninguna de estas reclamaciones, excepto la de suprimir la expresión del punto anterior en todos los puestos.
Ministerio y Gerencia de Mugeju se alían para que el acceso a los puestos de trabajo de Mugeju de servicios centrales esté vedado para el personal de carrera de la Administración de Justicia
Se pone de manifiesto que Ministerio y Gerencia de Mugeju tienen algo que ocultar cuando no facilitan toda la información requerida por CCOO. Tenemos la convicción de que existen intereses ocultos para mantener una RPT que vulnera gravemente los principios de igualdad, mérito y capacidad.
EXIGENCIAS DE CCOO AL MINISTERIO DE JUSTICIA Y LA GERENTE DE MUGEJU EN LA MESA SECTORIAL
1.- Para una negociación en igualdad de condiciones entre los trabajadores/as y la Administración, se nos deben entregar todos los datos de la plantilla actual, desglosada, a) entre personal titular, interino o de refuerzo; b) por la adscripción de cada persona a cada servicio o sección; c) detalle de sus retribuciones totales, incluidas las prolongaciones de jornada, planes de actuación, gratificaciones; d) su forma de acceso a la Mugeju (por concurso de traslado, por acceso mediante bolsa de trabajo,..…), e) fecha del acceso de cada persona a la Mugeju; f) requisitos si los hubo en su acceso a la Mugeju…Todos estos datos son imprescindibles para poder abordar una negociación que pretende crear una RPT en la que casi todos los puestos de servicios centrales se pretenden singularizar (lo que nunca han sido hasta ahora), con requisitos imposibles de cumplir por trabajadores/as de Justicia externos en la actualidad a la Mugeju.
2.- Motivos y explicaciones argumentadas por los que todos los puestos de personal administrativo (según la propuesta de RPT de la gerente), que ascienden en servicios centrales a más del 78,7 % del total, se pretenden sean singularizados. No existe precedente alguno de una RPT en que los puestos administrativos sean singularizados. Ni hay justificación alguna para hacerlo, salvo intereses ocultos de la gerencia de Mugeju que cuenta con el apoyo cómplice de los responsables del Ministerio de Justicia.
3.- Cómo, si tan singularizados son los puestos de trabajo de la Mugeju, los complementos específicos de esos puestos singularizados son iguales a los de los puestos genéricos. Tampoco hay precedentes en los que los puestos singularizados no tengan retribución superior a los genéricos, tampoco en las decenas de RPT constituidas por el Ministerio de Justicia en su ámbito de competencias con la Oficina Judicial.
4.- Si la gerente de Mugeju utiliza el dinero público a su antojo de forma al menos irregular y, entendemos, inmoral (las gratificaciones otorgadas en diciembre de 2018 –hace solo dos meses- al 30 % de la plantilla, castigando al resto de la plantilla), cómo puede permitir el Ministerio de Justicia que esta partida no se haya destinado a mejorar las retribuciones del complemento específico de forma lineal para todo el personal, en la propuesta de RPT.
5.- Cómo argumenta la gerente de Mugeju y el Ministerio de Justicia que el personal de carrera de Mugeju haya accedido a puestos de trabajo de este organismo sin requisitos previos, y ahora se establezcan requisitos imposibles para estos mismos compañeros/as si no estuvieran trabajando en la actualidad en el organismo.
6.- De igual forma, cómo explican la gerente de Mugeju y el Ministerio de Justicia que las funcionarias/os de carrera que han accedido a puestos del organismo en comisión de servicio estas semanas pasadas, ahora no puedan hacerlo al convertir sus puestos en singularizados de imposible acceso.
7.- De la propuesta de RPT, CCOO exige que se deben convertir en genéricos todos los puestos de las Delegaciones provinciales y todos los puestos de personal administrativo de sección o servicio de todos los cuerpos (incluidos los puestos de secretaría de dirección) de los servicios centrales (en la última propuesta, se convierten en genéricos los de las delegaciones provinciales y los de auxilio de Madrid), y si se mantienen como singularizados los puestos de Asesor y Analista informáticos, el único requisito debe ser la titulación, y deben negociarse los méritos específicos (además de la antigüedad que según el RD 1451/2005 debe ser el 60 % del total de los méritos) que se van a evaluar, pero en cualquier caso, deben ser méritos objetivos de conocimientos que se puedan obtener sin haber trabajado previamente en Mugeju.
8.- Todos los puestos de trabajo de la RPT deben contener el detalle de la dependencia del servicio al que está adscrito el puesto de trabajo, que tampoco se determina en la entregada a las organizaciones sindicales.
9.- CCOO ha exigido también en la reunión que todas las plazas vacantes de Mugeju de más de tres años deben incluirse, como todas las de la Administración de Justicia, en la OEP 2017-2018-2019 según lo establecido en el Acuerdo de la mesa general de las AAPP en la que CCOO es el sindicato mayoritario, pues ningún centro de trabajo de la Administración de Justicia está excluido de este acuerdo.
10.- Debe eliminarse de la RPT en todos los puestos de trabajo la expresión: “realización de aquellas tareas que les sean encomendadas por sus superiores y que resultan necesarias por necesidades del servicio”
El Ministerio de Justicia y la gerente de Mugeju no han aceptado ninguna de estas reclamaciones, excepto la de suprimir la expresión del punto anterior en todos los puestos.
CONCLUSIONES
Mugeju y el Ministerio de Justicia han dado por finalizada la negociación de la RPT unilateralmente, haciendo caso omiso a todas las reclamaciones y sin entregar ningún dato de los exigidos por CCOO.Ministerio y Gerencia de Mugeju se alían para que el acceso a los puestos de trabajo de Mugeju de servicios centrales esté vedado para el personal de carrera de la Administración de Justicia
Se pone de manifiesto que Ministerio y Gerencia de Mugeju tienen algo que ocultar cuando no facilitan toda la información requerida por CCOO. Tenemos la convicción de que existen intereses ocultos para mantener una RPT que vulnera gravemente los principios de igualdad, mérito y capacidad.
CCOO
ESTUDIARÁ TODAS LAS ACCIONES LEGALES Y SINDICALES PARA ESTABLECER UNA RPT DE
MUGEJU QUE GARANTICE LA EQUIDAD Y LA TRANSPARENCIA, Y QUE RESPETE LA LEGALIDAD