Gestión Procesal, Turno Libre |
En el BOE de hoy, 15 de julio de 2019, se ha publicado la Orden de la convocatoria del cuerpo de Gestión turno libre correspondiente a la OEP 2017-2018.
MINISTERIO DE JUSTICIA
Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de JusticiaOrden JUS/764/2019, de 10 de julio, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia.
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Entre las cuestiones más relevantes de dicha convocatoria destacamos:
PLAZAS QUE SE CONVOCAN:
Ámbito Territorial
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Sistema general
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Personas con discapacidad
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Andalucía
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164
|
12
|
Aragón
|
11
|
1
|
Asturias
|
6
|
0
|
Canarias
|
106
|
8
|
Cantabria
|
7
|
0
|
Cataluña
|
403
|
30
|
Comunidad Valenciana
|
99
|
9
|
Rioja
|
3
|
0
|
Madrid
|
191
|
15
|
Navarra
|
16
|
1
|
País Vasco
|
44
|
3
|
Ministerio de Justicia
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324
|
23
|
Totales
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1374
|
102
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La presentación de la solicitud se realizará en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del Estado, y se dirigirá a la Secretaria de Estado de Justicia. La no presentación de la misma en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante. (COMIENZO DEL PLAZO 16 DE JULIO; FINAL DEL PLAZO 12 DE AGOSTO)
La presentación y el pago de la correspondiente tasa se realizarán por vía electrónica, a través del servicio de Inscripción en Procesos - Pruebas Selectivas del punto de acceso general, al que se puede acceder directamente o a través del portal web del Ministerio de Justicia, www.mjusticia.gob.es (Ciudadanos-Empleo público) de acuerdo con las instrucciones que se indican.
FASE DE OPOSICIÓN (100 puntos, 60% del total del proceso selectivo)
El primer ejercicio se realizará dentro de los cuatro meses siguientes a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
El primer y segundo ejercicio se celebrarán conjuntamente en un mismo acto, el mismo día y a la misma hora en todas las sedes de examen, dentro de los 45 días siguientes a la publicación de la Resolución por la que se eleva a definitiva la relación de admitidos y excluidos, publicándose en el Boletín Oficial del Estado la fecha, hora y lugares de su celebración.
La determinación de la nota mínima para superar el primer ejercicio en cada ámbito territorial convocante será equivalente al resultado de diez aspirantes por plaza, que hubieran obtenido como mínimo un 60% de la puntuación posible, con independencia de las instancias que se hubieran presentado por dicho ámbito.
Para superar el segundo ejercicio será suficiente obtener el 60% de la puntuación posible, mientras que para la superación del tercer ejercicio será suficiente obtener el 50% de la misma.
Los aspirantes que hayan superado la fase de oposición con una nota superior a la mínima fijada, pero no obtengan plaza en el Cuerpo al que se presentan por no reunir méritos suficientes en la fase de concurso de la OEP 2017-18, quedarán exentos de realizar en la siguiente convocatoria de 2019 los ejercicios de la fase de oposición (siempre y cuando se presenten por el mismo Cuerpo, ámbito territorial, y turno sistema general o turno de reserva), salvo que voluntariamente se presenten a la misma para obtener mejor nota. En este caso, si la nota obtenida fuese inferior o no superase la fase de oposición, se le reservará la nota de la convocatoria de la OEP 2017-18.
FASE DE CONCURSO (67 puntos, 40 % del total del proceso selectivo):
A- Títulos y grados académicos, de los incluidos en el sistema educativo español. La puntuación máxima a otorgar en este apartado será de 12 puntos. (17,91% del total de méritos)
B- Historial profesional. La puntuación máxima a otorgar en este apartado será de 7,5 puntos (11,19% del total de méritos) Hasta 5 puntos en el apartado B-1 “conocimientos jurídicos”, hasta 2,5 puntos en los apartados B-2 “conocimientos de informática”.
C- Por ejercicios de los procesos de las convocatorias de las Ofertas de Empleo Público de los años 2015 y 2016 de cualquiera de los Cuerpos de la Administración de Justicia. La puntuación máxima a otorgar en este apartado será de 14 puntos (20,90 % del total de méritos)
D. Servicios prestados como titular, sustituto o interino en los Cuerpos de la Administración de Justicia o como personal laboral de esta Administración. La puntuación máxima a otorgar en este apartado será de 33,5 puntos (50% del total de méritos)