GERENTE DE LA MUGEJU
Como conoce, porque le habrán llegado peticiones de muchas personas mutualistas, está habiendo serios problemas con las EEMM (Entidades médicas) para la realización de las pruebas y test de detección del Covid-19. Personas o que han pasado muy probablemente la enfermedad y no saben si siguen teniendo el virus y, por tanto, puede transmitirlo, y personas que tienen síntomas pero no han podido hacer el test hasta el momento por la falta de medios suficientes para hacerlos. En ambos casos, no hacer el test a estas personas es poner en riesgo para su salud, no solo a ellas, sino también a todas las personas con las que se relacionen, en el entorno familiar o en el laboral o en el transporte público o en actividades de las que se encuentran permitidas en el Estado de Alarma.
Entre estos problemas, asimismo hemos detectado que las EEMM no señalan los laboratorios en los que se puedan hacer los test, o les responden a las personas mutualistas que deben ser ellos los que los busquen. Lo que es una demostración de una dejación de responsabilidades muy graves con las personas adscritas a esas EEMM. Y que la Mutualidad no puede permitir.
Asimismo, las EEMM no garantizan que los test son gratuitos completamente, y deben serlo inexcusablemente con la única condición de que la persona mutualista presente un volante del facultativo que prescriba el test.
En el sentido anteriormente planteado, le reclamamos se publique en la web de Mugeju, de forma urgente:
Una circular o instrucción de esa Gerencia, que asegure que las personas mutualistas tienen asegurado la realización del test del Covid-19 de forma gratuita, que contenga:
- La única condición para que se realicen estos test de forma gratuita es que el o la mutualista presente el volante del facultativo que prescribe dicho test
- La relación de laboratorios con direcciones y teléfonos de todas las EEMM y todas las provincias o ciudades autónomas, en los que se puedan hacer dichos test de forma gratuita y el sistema de petición de cita previa a dichos laboratorios para su realización en el menor tiempo posible
Esperando su respuesta Javier Hernández
Responsable de Acción Sindical
La respuesta de la Gerencia de MUGEJU se ha producido en el día de hoy, 29 de abril, seis días después, con el contenido que se ha publicado en la página web de MUGEJU. Enlaces:
Información sobre la realización de test diagnósticos
Información sobre Medidas en el Estado de Alarma
Reproducimos lo publicado en la web de MUGEJU:
INFORMACIÓN SOBRE REALIZACIÓN DE TEST DIAGNÓSTICOS PARA LA DETECCIÓN DEL NUEVO CORONAVIRUS (SARS-CoV-2), Y PARA LA DETECCIÓN DE ANTICUERPOS.
Las pruebas diagnósticas del coronavirus se realizarán por los servicios públicos de salud gestionados por las Comunidades Autónomas o por las entidades médicas (EEMM) concertadas con MUGEJU, siempre que se prescriban por un facultativo, de acuerdo con las directrices, instrucciones y criterios acordados al efecto por la autoridad sanitaria competente, en los siguientes casos:
- Persona con un cuadro clínico de infección respiratoria aguda que se encuentre hospitalizada o que cumpla criterios de ingreso hospitalario.
- Persona con un cuadro clínico de infección respiratoria aguda de cualquier gravedad que pertenezca a alguno de los siguientes grupos: (a) personal sanitario y socio-sanitario, (b) otros servicios esenciales.
- Se podrá considerar la realización del test diagnóstico en personas especialmente vulnerables o residentes en instituciones cerradas que presenten un cuadro clínico de infección respiratoria aguda independientemente de su gravedad, tras una valoración clínica individualizada:
https://www.mscbs.gob.es/profesionales/saludPublica/ ccayes/alertasActual/nCov- China/documentos/ Procedimiento_COVID_19.pdf
Está indicada la utilización de los test para el diagnóstico de detección de anticuerpos para el diagnóstico de COVID 19 en:
- Ámbito hospitalario.
- Ámbito extrahospitalario:
- Residencia de personas mayores y centros sociosanitarios.
- Instituciones penitenciarias: - En el ámbito comunitario, si está garantizada la capacidad de realizar PCR, se podrá plantear la utilización de estos test en pacientes con alta sospecha clínica de varios días de evolución tras el inicio de síntomas.
https://www.mscbs.gob.es/profesionales/saludPublica/ ccayes/alertasActual/ nCovChina/documentos/Guia_ test_diagnosticos_serologicos_ 20200407.pdf
Cabe destacar que en estos protocolos no se contempla la realización de test serológicos o pruebas PCR en personas asintomáticas.
MUGEJU no reintegra el coste de los tests de diagnóstico.
Si se ha realizado la prueba a través de medios privados, el/la mutualista podrá solicitar su reintegro a la entidad médica a la que esté adscrito/a, reintegro que solo procede si existió prescripción facultativa y la prueba se realizó ateniéndose a los criterios fijados en los protocolos para el diagnóstico del COVID 19 del Ministerio de Sanidad mencionados.
La realización de tests serológicos o pruebas PCR que se hayan de practicar a los mutualistas, en el ámbito de su relación laboral de vuelta al trabajo activo, se han de llevar a cabo, en su caso, en el marco de los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales.
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Por fin la MUGEJU cumple una de sus obligaciones, que es la de informar por algo esencial: que las personas mutualistas sepan a qué atenerse sobre su derecho en esta cuestión de máxima importancia, como es poder acceder a los test del Covid-19 como personas mutualistas, estén adscritos a una EEMM privada o al Sistema Público de Salud.
Nos parece asimismo imprescindible, y lo reclamamos de nuevo desde CCOO, que las personas en esas situaciones (las que han pasado la enfermedad, las que tienen síntomas compatibles con ella o las que han tenido contacto con personas afectadas, más si tienen que volver al puesto de trabajo tras haber pasado la enfermedad) deben tener acceso al test. Algunos aspectos no se aclaran suficientemente en la nota de la Gerencia de MUGEJU.
Es irónico que la Gerencia de MUGEJU afirme al final de la nota que "La realización de tests serológicos o pruebas PCR que se hayan de practicar a los mutualistas, en el ámbito de su relación laboral de vuelta al trabajo activo, se han de llevar a cabo, en su caso, en el marco de los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales" cuando en el ámbito del Ministerio de Justicia y en el de algunas CCAA con competencias transferidas el servicio de prevención no está cumpliendo con sus obligaciones en esta materia, a pesar de que las y los delegados de prevención (al menos los de CCOO) estamos exigiendo reiteradamente los test para esas personas a los servicios de prevención, por lo que la respuesta de la MUGEJU es echar balones fuera ante un grave problema que no solo afecta a la salud de las personas que lo reclaman sino a la de todas aquellas que están o van a estar en contacto con las mismas. Así no, así no avanzamos en la lucha contra la pandemia.
Además, la nota de la Gerencia de MUGEJU tampoco da respuesta a otras de las reclamaciones de CCOO, como es la publicación de las relaciones de laboratorios con las direcciones y teléfonos de las diferentes EEMM que realizan los test, como es su obligación.