9 may 2022

CCOO reclama plazas de Promoción Interna en la OEP de estabilización

CCOO VOLVEMOS A RECLAMAR QUE LA INMEDIATA APROBACIÓN DE LA OEP DE ESTABILIZACIÓN INCLUYA PLAZAS PARA LA PROMOCIÓN INTERNA

· El 1 de junio debe estar aprobada y publicada la OEP de estabilización y el Ministerio de Justicia aun no ha aceptado expresamente esta propuesta de CCOO


· CCOO exigimos el cumplimiento de la LOPJ que determina la adición de plazas de promoción interna en todas las OEP, sin diferenciación entre las convocatorias ordinarias y las de estabilización

 

En esta convocatoria sería solo el 30% el número de plazas reservadas para la promoción interna, ya que es lo regulado en la LOPJ cuya modificación no va a ser posible antes del 1 de junio, pero CCOO seguimos insistiendo en que debe recuperarse al menos el 50% de las plazas y que el sistema de acceso en este turno sea por concurso (sin fase de oposición) cuando así se establezca para el turno libre.

La Ley 20/2021 de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público establece que las ofertas de empleo de estabilización deberán aprobarse y publicarse antes del próximo día 1 de junio.

Por su parte, para los cuerpos generales y especiales de la Administración de Justicia, la LOPJ dispone que, además de las plazas que se incluyan para la incorporación de nuevo personal, el Ministerio de Justicia convocará procesos de promoción interna para la cobertura de un número de plazas equivalente al treinta por ciento de las que, para cada cuerpo, sean objeto de la Oferta de Empleo Público.

Y, en relación con el cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia, el art. 442.2 de la misma Ley establece que se reservará el treinta de las plazas vacantes para su provisión por promoción interna.

La aprobación de plazas para su convocatoria por el turno de promoción interna no supone una detracción de plazas de las que han de ser objeto de estabilización ya que, como señala el art. 490.2 de la LOPJ antes mencionado, son “además de las plazas que se incluyan para la incorporación de nuevo personal”, es decir que, sobre al número de plazas aprobadas en el turno libre para estabilización, debe añadirse un treinta por ciento más para el turno de promoción interna.

Tanto en las convocatorias de Ofertas de Empleo Público de tasa de reposición como en las de estabilización, la LOPJ establece sin ninguna diferenciación la obligatoriedad de incluir una convocatoria de plazas para el turno de promoción interna y, por si pudiera generarse alguna duda en relación con los procedimientos de estabilización, dichas dudas habrían quedado disipadas por la propia Administración al haberlo así considerado en los anteriores procesos de estabilización de 2017, 2018 y 2019, donde sí se convocaron plazas de promoción interna.

Por todo ello CCOO hemos solicitado por escrito que en la Oferta de Empleo Público de estabilización que ha de aprobarse y publicarse antes del 1 de junio de 2022 se incluya la aprobación de plazas de Promoción Interna en el porcentaje fijado en el art. 442.2 de la LOPJ para el Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia y en el art. 490.2 para los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, de Tramitación Procesal y Administrativa y de Facultativos y Técnicos Especialistas de Laboratorio del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

Caso de ser rechazada nuestra propuesta CCOO ejerceremos todas las acciones a nuestro alcance para garantizar el respeto de los derechos del personal de la Administración de Justicia.

El Ministerio de Justicia nos ha comunicado que la próxima semana convocará la Mesa Sectorial para continuar la negociación de las próximas Ofertas de Empleo Público, en la que (como CCOO consiguió en el Acuerdo de 22 de marzo) “De forma preferente se negociará la modificación de los artículos 442 y 490 de la LOPJ para mejorar las condiciones de la promoción interna”.

Como ya hemos informado con anterioridad (ver nota de CCOO) este sindicato exigirá al ministerio la modificación de la LOPJ en el trámite parlamentario del Proyecto de Ley de Eficiencia Organizativa para establecer:

- La reserva del 50% de las plazas de la OEP para la Promoción Interna.

- Que las plazas no cubiertas en el turno de promoción interna acrecienten las del turno libre.

- Que el sistema de acceso por promoción interna pueda ser el concurso (sin exámenes de oposición) y que así sea cuando se establezca el sistema de concurso para el turno libre.

- Que los ejercicios de la fase de oposición puedan no ser eliminatorios, siendo así de forma obligatoria en la promoción interna si no eliminatorios en el turno libre.

 

Si el ministerio accede a incorporar plazas de promoción interna en la OEP de estabilización, como CCOO reclama y establece la LOPJ, el número de plazas se mantendrá en el 30% dado que dicha OEP tiene que estar aprobada en este mes de mayo, pero la convocatoria (que es posterior) si podría hacerse por concurso y sin ejercicios eliminatorios (cuando sea por concurso-oposición) dado que, previamente, sería posible la modificación de la LOPJ.

 



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