19 mar 2024

RECORDATORIO NORMATIVA TUTORÍAS


RECORDATORIO NORMATIVA TUTORÍAS


Estimadas compañeras y compañeros;

Desde CCOO hemos reclamado reiteradamente al Gobierno Vasco, la importancia de que todo el personal que toma posesión en un nuevo puesto de trabajo, ya sea interino o titular, por el motivo que sea, tenga una formación que incluya un protocolo de acogida general y otro específico que se ajuste a las necesidades del puesto y así, evitar los problemas de organización o de salud laboral que cada vez se están dando con más frecuencia entre nuestro personal.

Aunque seguiremos reclamando al Gobierno Vasco un verdadero plan de formación que se adecúe a nuestras necesidades, hacemos un recordatorio a todo el personal, interino o titular que habéis cambiado o estáis próximos a cambiar de destino, para que hagáis uso de las posibilidades de formación existentes y que aquellas trabajadoras y trabajadores que puedan y/ o quieran ayuden en la formación inicial de estas compañeras y compañeros recibiendo una retribución por ese esfuerzo que realizan  con nuestro compromiso de denunciar las carencias en la formación en las próximas reuniones con el Gobierno Vasco.

Aunque no estamos de acuerdo con esta normativa porque no se tuvo en cuenta nuestras alegaciones, a continuación, realizamos un pequeño resumen de la normativa para que la tengáis en cuenta en vuestros futuros destinos:

 

NORMATIVA: NORMATIVA TUTORÍAS



1º-REQUISITOS PARA PODER SER TUTOR/A:

  • Mismo cuerpo o superior de la persona que va a formar
  • Experiencia de dos años en la misma jurisdicción

(Estos requisitos no se exigen si no hay tutores/as que los cumplan y hay informe favorable de la letrada o responsable funcional del servicio)    


2º-REQUISITOS PARA TENER DERECHO A RECIBIR UNA TUTORÍA:

  • No haber trabajado en esa jurisdicción o área específica en los últimos 4 años por periodo superior a 4 meses de forma continua u 8 de forma discontinúa.

  • No haber recibido una tutoría previa en esa área.

        

3º- FORMA DE REALIZAR LA TUTORÍA:

  • En horario laboral
  • Normalmente solo a una persona, excepcionalmente 2.
  • Los primeros 15 días se trabaja conjuntamente con la persona tutelada (compromiso por ambas partes de no cogerse más de dos días hábiles de permiso en este periodo)
  • El mes siguiente la labor que realiza la persona tutor/a es de supervisión (compromiso de ambas partes de no cogerse más de 5 días hábiles de permiso/ vacaciones durante este periodo)

(CCOO ha reclamado reiteradamente contra estas limitaciones en cuanto a solicitud de permisos, sobre todo en períodos en los que habitualmente el personal se organiza para disfrutar permisos, como meses de verano, semana santa o navidad)

 

4º-RETRIBUCIÓN350 euros una persona500 euros dos personas

  • Por los primeros 15 días: 150 euros (1 tutelado/a) o 200 euros (2 tutelados/as)
  • Por el mes siguiente: 200 euros (1 tutelado/a) o 300 euros (2 tutelados/as)

 

5º-SOLICITUD:

  • Dentro de los 15 primeros días de la incorporación el puesto.
  • Inicio: una vez autorizada por la DAJ


 



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