Reunión de la Mesa Sectorial:
1.-CCOO denuncia que el Ministerio de Justicia antepone la implantación a ultranza de la Ley de Eficiencia pactada con los sindicatos Csif, Staj, Ugt y Cig como cuestión prioritaria, aunque ello suponga la conculcación de derechos del personal de la Administración de Justicia
Se niegan a utilizar el mecanismo de aplazamiento de su
implantación previsto en la propia Ley y, alegando que el concurso de traslado
no puede solaparse con el acoplamiento, mantienen, ya de forma definitiva, la
exclusión en el concurso de traslado de 2024 de las plazas de los Tribunales de
Instancia de 315 partidos judiciales (y sus juzgados de paz) afectadas por la
primera fase de implantación de la Ley de Eficiencia, a pesar de nuestra
frontal oposición, el retraso inaceptable de un concurso que debió convocarse
en marzo 2024 de lo que solo es responsable el Ministerio, y los múltiples
recursos presentados gracias a la campaña difundida esta misma semana por CCOO.
2.- Nueva muestra de clasismo a favor del cuerpo de LAJ y de menosprecio del ministerio hacia el resto personal de justicia
En la Mesa Sectorial celebrada hoy, el ministerio, bajo el
anuncio de una supuesta incorporación al personal de los cuerpos generales y
especiales de la Administración de Justicia del régimen de libranzas al término
del servicio de guardias ordinarias, acordado para el cuerpo de LAJ, pretende
en realidad perpetrar un nuevo desprecio hacia el 95% del personal al servicio
de la Administración de Justicia privilegiando a los de siempre
LIBRANZAS POR GUARDIAS Y SUSTITUCIONES NO RETRIBUIDAS
En la reunión celebrada hoy, y bajo el punto “Negociación de la incorporación al personal de los cuerpos generales y especiales de la Administración de Justicia del régimen de libranzas al término del servicio de guardias ordinarias, acordado para el cuerpo de LAJ”, el ministerio nos traslada un borrador de modificación de la Resolución por la que se dictan instrucciones sobre jornada y horarios en el ámbito de la Administración de Justicia según la cual se añadiría al punto e) del artículo 16 lo siguiente:
Al término del servicio de guardia ordinaria,
los funcionarios que tengan derecho a descanso el día posterior a la
finalización del servicio de guardia podrán dejar de asistir al despacho el
propio día de conclusión de la guardia o dentro de los tres días laborables
siguientes, debiendo quedar atendidas siempre las necesidades del servicio.
Según el Ministerio, para todos los cuerpos será igual que se va a establecer para el de LAJ en la modificación de su Reglamento Orgánico próxima a publicarse en el BOE que, según el texto que se nos ha facilitado es:
Al término del servicio de guardia ordinaria,
los letrados de la Administración de Justicia podrán dejar de asistir al
despacho el propio día de conclusión de la guardia o dentro de los tres días
laborables siguientes.
El privilegio del cuerpo de LAJ frente al resto es evidente toda vez que la libranza de este cuerpo de LAJ se producirá tras la finalización de cualquier tipo de guardia, sea de disponibilidad o de permanencia mientras que para el resto de cuerpos solo se aplicará en las guardias de permanencia y solo para una parte del personal, quedando excluido en las guardias de disponibilidad.
Y si esto no es lo suficiente clasista el mismo artículo 85 bis del modificado Reglamento Orgánico de LAJ establece también que
1) Las sustituciones entre letrados o
letradas de la Administración de Justicia motivadas por vacaciones, permisos,
libranzas y licencias no retribuidas se compensarán con la concesión de un día
de libranza por cada tres días de sustitución, con un máximo de cinco al año.
PARA CCOO ESTO ES UN INSULTO Y ASÍ SE LO HEMOS HECHO SABER AL MINISTERIO,
pues entre otras cosas, y a pesar de nuestra insistencia, se niegan a recoger
el punto 1 anterior referente al derecho a libranza de quienes hagan
sustituciones no retribuidas del mismo cuerpo, como habitualmente ocurre,
especialmente en el cuerpo de Auxilio que continuamente sustituye a otros
órganos sin retribución alguna, y en las Secretarías de Juzgados de Paz donde
las sustituciones no retribuidas en periodo de vacaciones son la práctica
habitual.
Información sobre el proceso de implantación del nuevo modelo de oficina de los Tribunales de Instancia.
Según el Ministerio están trabajando ya en los borradores de las futuras Relaciones de Puestos de Trabajo, empezando por las de las Oficinas de Justicia municipal, pues el plazo previsto en la Ley es de tres meses desde su aprobación. Aseguran que en cuanto tengan los borradores nos los trasladarán. Paralelamente, dicen estar trabajando en la modificación del Reglamento de Provisión de Puestos de Trabajo.
Afirman que la Ley será aprobada en la sesión
del 19 de diciembre y se publicaría en BOE a partir del 1 de enero.
PLAZAS A OFERTAR EN EL CONCURSO DE TRASLADO DE 2024
A pesar de nuestro rechazo ya manifestado en
la reunión del pasado día 4, el ministerio mantiene su decisión de no sacar
a concurso ninguna plaza de los 315 partidos judiciales afectados por la
primera fase de implantación de los Tribunales, incluidos los Juzgados de
Paz.
CCOO hemos insistido en que es una auténtica vergüenza que no se
oferten a concurso de traslado las plazas afectadas por la primera fase de
implantación de la LOEO, que afecta a 315 partidos judiciales de todo el
estado, con el enorme perjuicio que esto supone para numerosos compañeros y
compañeras; perjuicio creado por la incapacidad ministerial y absoluto
incumplimiento de la legalidad, que obliga a convocar el concurso en el primer
trimestre de cada año.
A cambio de esta barbaridad, el ministerio se
compromete a sacar dos concursos de traslado en el año 2025: el primero sobre
el mes de mayo o junio, cuando tengan resuelto este concurso correspondiente al
2024 y aprobadas las RPT de la primera fase, con todas estas plazas de los 315
partidos judiciales afectados; y el segundo, general, a partir de septiembre
con todas las vacantes que queden, aunque tampoco aseguran si entonces este
supuesto concurso “general” estaría afectado por la segunda o tercera fase de
implantación de la LOEO.
Afirman que en su ámbito territorial tienen
suficientes vacantes no afectadas para la estabilización, de manera que
garantizan que no ofrecerán a estos procesos ninguna de las plazas que no se
ofertarán en el concurso de traslados. Y, mientras tanto, también se
comprometen a conceder la concesión de comisiones de servicio sin necesidad de
justificación a las plazas afectadas por la primera fase en su ámbito
territorial y a autorizar las comisiones de servicio de personal de su ámbito a
plazas de esta primera fase adjudicadas en las CCAA transferidas.
Lo que el Ministerio de Justicia ha negado
durante años, la regulación de las comisiones de servicio, para dar garantías y
transparencia al personal que las solicite, ahora, en una demostración palmaria
de que están realizando un atropello a los derechos laborales del personal de
la Administración de Justicia con la exclusión de 315 partidos judiciales del
concurso de traslado, se convierte en posible. Es tan hipócrita la actuación
del Ministerio que sólo merece la contundente respuesta del personal,
presentando cientos de recursos y movilizándonos en defensa de nuestros
derechos.
Otras informaciones de última hora sobre procesos selectivos y concursos de traslado
ü
Los recursos de alzada contra las puntuaciones de los méritos
de proceso de estabilización por concurso de Cuerpos Generales se resolverán
antes del nombramiento como personal de carrera y la oferta de plazas de forma
que aquéllos recursos que sean estimados e impliquen una nota final suficiente
para aprobar el proceso supondrán la eliminación de los listados actuales de
aprobados de las personas con peor puntuación.
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Las notas de los exámenes de Gestión, Tramitación y Auxilio
del turno libre (Orden PJC /64/2024) cuyos exámenes de incidencias se
celebraron el pasado 12 de diciembre se publicarán la semana que viene y que
los exámenes de ordinarios ya están corregidos.
ü
El Ministerio de Justicia no tiene aun decidido si ampliará las
10 plazas de promoción interna de la OEP 2022 de Gestión a LAJ resultantes
de la aplicación del 30% del total de plazas de esa convocatoria. Tampoco ha
tomado aun la decisión para allanarse en el recurso interpuesto por CCOO reclamando ese porcentaje
en la OEP de 2024 que ampliaría en 11 las plazas actualmente aprobadas y
próximas a convocarse. Nos parece intolerable que el Ministerio de Justicia
tarde semanas en resolver algo tan sencillo como dar la razón a los afectados
por este reconocimiento de un caso que es idéntico a resoluciones del Tribunal
Supremo sobre esta cuestión.
ü
Habrá próximamente una convocatoria extraordinaria de
estabilización del cuerpo de LAJ por el sistema de concurso-oposición con las
93 plazas que inicialmente fueron aprobadas por el sistema de concurso que
fue anulado por sentencia del Tribunal Supremo más el porcentaje del 7%
correspondiente al turno de discapacidad. En este proceso no habrá reserva de
nota de la anterior convocatoria toda vez que el Ministerio alega que va a cambiar
el temario tras la aprobación de la Ley de Eficiencia.
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Para el proceso extraordinario de estabilización del turno de
personas de discapacidad solo habrá tribunales delegados en los territorios
con idioma autonómico propio o derecho civil vasco para su valoración. El
Tribunal Único será el encargado de valorar los méritos de todos los ámbitos
convocantes.
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A pesar de las protestas sindicales el ministerio sigue
negándose a valorar el tiempo de sustitución en el cuerpo de titulación
superior para determinar el tiempo de servicios en los concursos de
traslado, lo que sí va a hacer con el tiempo como personal interino obligado
por una sentencia del Tribunal Supremo.
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El día 19 ó el día 20 de diciembre se publicarán en el BOE
las convocatorias de los procesos selectivos (turnos libre y promoción interna)
de todos los cuerpos de la OEP 2024, salvo las de Médicos Forenses y las de
Facultativos del INTyCF que aún no han sido informadas por la Dirección General
de Función Pública.
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