4 ene 2016

IMPORTANTE: CAMBIO ORDINARIO DE ENTIDAD MÉDICA PARA LOS AFILIADOS/AS A LA MUGEJU: Período voluntario del 1 de enero al 31 de enero

Como todos sabéis, desde 1 de enero, y hasta el 31 de enero de cada año, incluidas ambas fechas, es el plazo para el cambio ordinario de entidad médica, cambio evidentemente de carácter voluntario.

El cambio de entidad permite indistintamente hacerlo de una entidad médica privada a otra o al Sistema Público de Salud (INSS).

Es fundamental comprobar, previamente a la decisión de realizar el cambio de una entidad a otra, los cuadros médicos de cada compañía, por si alguno de los facultativos que buscamos no se encuentran ya de alta en dicha compañía para atención de los mutualistas, aunque sí permanezcan en la misma compañía pero solo para atender a clientes particulares.

Estamos comprobando que ya son demasiadas las ocasiones en que facultativos de alta en determinadas compañías aseguradoras para la atención de clientes particulares, han desaparecido de los cuadros de esas mismas compañías para la atención de los mutualistas, si bien se encontraban en dichos cuadros en años anteriores.

Para CCOO este tipo de actuaciones se pueden producir exclusivamente por la inacción de la Gerencia de la Mutualidad, que no está actuando como debe para la defensa de los intereses de los mutualistas.

En ese sentido, CCOO presentará las actuaciones necesarias para exigir a la Gerencia de MUGEJU una actitud mucho más beligerante en defensa de los mutualistas.

Adjuntamos los enlaces a la página de la MUGEJU con la información sobre las fechas del cambio de entidad médica, los efectos de ese cambio y el acceso al modelo de solicitud de cambio de entidad médica.

MUGEJU. Cambio ordinario de entidad médica: fechas de la solicitud y efectos

MUGEJU. Acceso al impreso de solicitud de cambio de entidad médica