22 nov 2018

Enmiendas presentadas a la segunda proposición de Ley de reforma de la LOPJ (medidas urgentes en materia de violencia de género)


Acaba de publicarse en la página del Senado las enmiendas presentadas por los grupos parlamentarios del Senado a la proposición de Ley Orgánica de reforma de la LOPJ sobre medidas urgentes en aplicación del Pacto de Estado en materia de violencia de género

Enmiendas a la Ley Orgánica de reforma de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, sobre medidas urgentes en aplicación del pacto de Estado en materia de Violencia de Género

El grupo Unidos Podemos ha presentado (según lo que publica la web del Senado) la mayoría de las enmiendas de CCOO (que también presentó a la reforma de la LOPJ original, que en principio se denominó reforma parcial de permisos y licencias; os recordamos que hay dos proposiciones de Ley de reforma de la LOPJ en vivo en el Senado, y que se están tramitando al mismo tiempo) relativas a:

  • Recuperación del 100 % del salario en IT (art 504.5 de la LOPJ) en todos los casos
  • Retroactividad para todos los ámbitos con efectos de 30 de julio de 2018
  • Promoción interna con reserva del 50 % de Letrados a Jueces
  • Reserva para la promoción interna del 50 % de las plazas de Letrados 
  • Reserva para la promoción interna del 50 % de las plazas de todos los cuerpos generales y especiales
  • Aprobación de la carrera profesional horizontal.

CCOO hemos contactado con el portavoz de Unidos Podemos en el Senado para que nos informe de las enmiendas presentadas a esta última proposición de Ley que son propuestas de CCOO, y los motivos de no haber presentado el resto.  Nos comunica que no se pueden presentar técnicamente enmiendas con contenido idéntico al texto en vigor de la LOPJ.

Como ya informamos ayer, además, Unidos Podemos SÍ presentó todas estas enmiendas a la proposición de reforma de la LOPJ que se denominó en principio, reforma parcial de los permisos y licencias, más la referidas al mantenimiento del artículo 521 actual (centros de destino como hasta el momento), y al empleo (art 489 y 347 bis).