CCOO PRESENTA ESCRITOS DENUNCIANDO HECHOS
QUE VULNERAN EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA HUELGA
Ayer 19 de abril, CCOO justicia de Euskadi, presentó escritos a la DAJ, a la Secretaria de Gobierno del TSJ y a las Secretarias Provinciales de Alava y Bizkaia, y que adjuntamos en el siguiente enlace, denunciando varios hechos que han llegado a nuestro conocimiento y que deben cesar, por estar vulnerando el derecho fundamental a la huelga convocada a nivel estatal.
Los hechos concretos que se están produciendo, en vulneración del derecho a
la huelga convocada, en particular, son los siguientes:
En Vitoria: durante el paro de tres horas estaban señaladas diferentes
actuaciones que coincidían con el horario del paro, en concreto, tal y como
consta en el documento nº 1 que se aporta, el juicio verbal 1437/2021 señalado por la
Upad de 1ª Instancia nº 2 de Vitoria para las 11:15 horas y que estaba asignado
a uno de los Auxilios Judiciales que había comunicado a la Secretaria Directora
del Servicio Común General de Vitoria su intención de hacer el paro de convocado
desde las 10:00 a 13:00, y que comunicó verbalmente a la Upad de 1ª Instancia
nº 2 para que tuvieran constancia de que los juicios que estuvieran señalados
en esa franja horaria tendrían que
suspenderse.
Reiniciada la actividad a las 13:00 horas del 17 de abril, el Auxilio
Judicial recibe una orden verbal de la Secretaria Directora del Servicio Común
General obligándole a bajar a Sala para realizar los juicios que habían sido
suspendidos a consecuencia de la huelga, durante el horario de 10:00 a 13:00
porque la Letrada de la Administración de Justicia de dicha Upad, había llegado
a un Acuerdo con los Abogados de las partes para celebrar el juicio suspendido a la 13:00 dejando
constancia en el Acta de comparecencia que adjuntamos como documento nº 2.
Al día siguiente, 18 de abril, tenemos conocimiento de que los juicios
señalados para ese día, que estaban asignados por cuadrante a la misma
funcionaria del Cuerpo de Auxilio Judicial, se deciden asignar a otro miembro
del Servicio Común que no hace huelga, y a la Auxilio Judicial que le tocaba
por cuadrante, le asignan una sala de un juzgado que ya se sabía con antelación
que el día 18 de abril ya tenía suspendidos los juicios por motivos diferentes
a la convocatoria de huelga.
También hemos tenido conocimiento que en el juzgado de menores de Bilbao, el día 18 se celebró un juicio sin la intervención de ningún funcionario del Cuerpo de Auxilio Judicial.
Ayer día 19, día de huelga de jornada completa, la Upad nº1 de Gernika, ha celebrado el JVB 509/2022 señalado para
el día de hoy a las 9:30 con acta manuscrita de la letrada y sin la intervención
de ningún funcionario del Cuerpo de Auxilio Judicial.
CUARTO: Con este tipo de decisiones, desde CCOO consideramos que se está
atentando contra el derecho a la huelga de los funcionarios y funcionarias del
Cuerpo de Auxilio Judicial, que a pesar de que ha secundado la huelga, las
actuaciones no han sido suspendidas, sino que se ha retomado en otro horario, por lo que no ha servido de nada el
seguimiento del paro, que recordemos conlleva un descuento en el salario y que
va en contra de la finalidad por las que se realizan los paros y las huelgas:
Suspender actuaciones judiciales que no sean servicios esenciales para
presionar a la Administración a iniciar las negociaciones cuanto antes.
Como precisamente persiguieron con su huelga el Cuerpo de LAJ, suspendiendo
todo tipo de actuaciones, no sólo los servicios esenciales, y que ahora nos
niegan a los que formamos parte de los Cuerpos Generales, con actuaciones como
las descritas, que buscan celebrar a toda costa, actuaciones judiciales
perjudicando intereses de los huelguistas, y recurriendo a Acuerdos y
decisiones que no tienen la finalidad de atender a los servicios mínimos, sino
de boicotear la huelga convocada.
La propia Orden se refiere a que los servicios esenciales llevan a la
autoridad gubernativa a establecer los servicios mínimos que quedan concretados
en la presente Orden, intentando de esta manera compatibilizar el contenido
esencial de los derechos en conflicto intentando de esta manera compatibilizar
el contenido esencial de los derechos en conflicto.
Pues con las actuaciones que denunciamos no se está intentando
compatibilizar el contenido esencial de los derechos en conflicto, sino que se
está boicoteando la huelga realizando juicios ya suspendidos, sustituyendo a
personal que hace la huelga por otro que no hace la huelga o sustituyendo a
personal. No se comprende cuál es la finalidad de dichas actuaciones si no es
limitar el derecho de huelga y la ‘presión’ que estamos ejerciendo por los funcionarios
y funcionarias de los Cuerpos Generales frente al Ministerio de Justicia.
Lo que expido y pongo en su conocimiento a los efectos de la protección de
los derechos fundamentales de la persona y por la supuesta vulneración del derecho fundamental del artículo 28 de la
Constitución Española, que «reconoce el derecho
a la huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses y de que se
adopten las medidas urgentes necesarias para que se me garantice su ejercicio.
Cualquier otro hecho similar, debe ser denunciado y comunicado a los
miembros del Comité de Huelga y desde CCOO estaremos vigilantes para recibir
vuestras comunicaciones y denuncias.
Araba 945.004.917 - Bizkaia 944.016.522 -
Gipuzkoa 943.004.359
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