El Ministerio de Justicia no acepta la propuesta realizada en solitario por CCOO de empezar de inmediato a negociar la subida retributiva de los cuerpos generales y especiales
- En la Mesa Sectorial celebrada hoy han
quedado convocados los dos grupos de trabajo para la próxima semana para tratar
las funciones vinculadas a las nuevas leyes de eficiencia y el teletrabajo,
grupos de trabajo que finalizarán sus reuniones a final de este mes de enero
CCOO hemos propuesto la creación de un tercer grupo de trabajo para las retribuciones que incluya la subida retributiva en la línea acordada con el cuerpo de LAJ, la carrera profesional, la eliminación de los grupos de población y un plan de productividad para la puesta al día de los asuntos atrasados por la huelga del año pasado, propuestas que no han sido aceptada
CCOO hemos efectuado las siguientes propuestas:
- Constitución simultánea de un grupo de trabajo de
retribuciones con el siguiente contenido:
- Subida retributiva generalizada para todos los cuerpos
en todos los territorios y con efectos retroactivos desde 1 de enero de
2023.
- Contenido del Real Decreto de Carrera Profesional.
- Eliminación al alza de las diferencias retributivas
por grupos de población.
- Complemento de productividad a quienes participaron en la huelga en la misma cuantía que la descontada por la sobrecarga de trabajo que supone la puesta al día de los asuntos atrasados.
- Que el grupo de trabajo de las nuevas leyes de
eficiencia no esté limitado a las funciones, sino también a todas las
condiciones de trabajo, con especial significación de:
- Centros de Destino
- Movilidad siempre voluntaria
- Mejora de los procesos de Promoción Interna
Hemos propuesto también la apertura de negociaciones sobre las RPTs y Reglamento de Registro Civil, Ofertas de Empleo Público y Procesos Selectivos, Promoción Interna, Concursos de traslado y sistemas extraordinarios de provisión de puestos de trabajo.
Todas estas propuestas han sido rechazadas con la protesta expresa de CCOO por lo que hemos solicitado subsidiariamente la convocatoria de la Mesa Sectorial para la primera semana de febrero con el fin de analizar las conclusiones de los dos grupos de trabajo y dar comienzo a la negociación retributiva y de otras materias tal y como se comprometió en el Congreso el ministro Bolaños el pasado 21 de diciembre. El ministerio no ha contestado a esta última propuesta.
Rechazadas las propuestas de
CCOO ha salido adelante, tal cual,
la propuesta del Ministerio de Justicia formulada en el orden del día de la
reunión de la mesa sectorial, es decir:
Constitución de
grupos de trabajo para:
- Analizar el impacto de
las nuevas leyes de eficiencia en el trabajo que realizan los funcionarios
de los cuerpos generales y especiales de la Administración de Justicia al
que se refiere la disposición adicional novena. Personal de los Cuerpos
Generales y Especiales de la Administración de Justicia del Real
Decreto-Ley, 6/2023, de 19 de diciembre.
- Determinar el contenido reglamentario básico al que se refiere la disposición final sexta. Teletrabajo y puesto de trabajo deslocalizado del Real Decreto-Ley, 6/2023, de 19 de diciembre.
Las reuniones de estos
grupos de trabajo se celebrarán los martes y jueves a partir del 16 de enero
próximo y finalizarán en la última semana de este mes.
Por último, hemos exigido al
Ministerio de Justicia que nos envíe previamente al inicio de las reuniones sus
propuestas sobre funciones, teletrabajo y puestos deslocalizados para el
comienzo de las sesiones de los grupos de trabajo.
NOTA.- En relación con el teletrabajo, en la Mesa Sectorial se negociaría una regulación básica y concisa de aplicación a todos los ámbitos territoriales pero el desarrollo reglamentario tendrá que ser negociado en cada ámbito como establece la disposición final sexta del Real Decreto-Ley 6/2023:
Disposición final sexta. Teletrabajo y puesto de trabajo
deslocalizado.
Tras la entrada en vigor del libro primero de este real
decreto-ley, en el plazo de doce meses, previa negociación colectiva, se
regulará el teletrabajo y el puesto de trabajo deslocalizado como modalidades
de prestación de servicios a distancia en el ámbito de la Administración de
Justicia. El desarrollo reglamentario de dicha modalidad de trabajo se
efectuará por las administraciones competentes en materia de medios personales
y materiales.