8 ene 2024

Queja de CCOO al Defensor del Pueblo por el retraso en el concurso de traslado

 

QUEJA DE CCOO AL DEFENSOR DEL PUEBLO POR LOS RETRASO EN LAS CONVOCATORIAS Y RESOLUCIONES DE LOS CONCURSOS DE TRASLADO

El incumplimiento del plazo de convocatoria en el primer trimestre de cada año de los concursos de puestos genéricos se viene produciendo desde hace años

A estas alturas, seguimos a la espera de la resolución provisional del concurso de cuerpos generales de 2023 y sigue sin convocarse desde 2021 el concurso de los cuerpos especiales del INTyCF


La normativa de aplicación a los concursos de traslado se encuentra en la Ley Orgánica del Poder Judicial 6/1985,  TÍTULO VIII Provisión de puestos de trabajo y movilidad Artículos 524 a 533 y en el Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia. TÍTULO III Provisión de puestos de trabajo, artículos de 39 a 55 y demás normativa de directa aplicación que legalmente proceda.

La LOPJ en su Artículo 531. 2 obliga a establecer “un sistema que garantice de manera permanente la inmediatez y agilidad en la provisión de las vacantes, así como un calendario para la convocatoria y resolución de los concursos de traslados”.

El  Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia  cita en su Artículo 44 sobre convocatoria de concursos para puestos genéricos que ”El Ministerio de Justicia y los órganos correspondientes de las comunidades autónomas con traspasos recibidos convocarán, dentro del primer trimestre de cada año natural y en la misma fecha, concurso de ámbito estatal para la provisión de puestos de trabajo vacantes en todo el territorio del Estado”.  Y el  Artículo 51  de esta misma norma en su apartado 2. E establece  “que el plazo máximo para la resolución de concursos para cubrir puestos genéricos será de seis meses, contados desde el día siguiente al de la finalización de presentación de solicitudes”.

De la literalidad de la normativa expuesta se deduce claramente que el concurso debe convocarse obligatoriamente dentro del primer trimestre del año y que con el agotamiento máximo de 6 meses (actualmente entendemos que es un plazo excesivamente amplio cuando debido a la informatización del proceso el plazo debería ser sustancialmente inferior) la resolución del concurso y tomas de posesión deben realizarse dentro del mismo año correspondiente y de convocatoria que debería ser como máximo en el mes de septiembre.

Desde hace varios años el Ministerio de Justicia no realiza la convocatoria del concurso de traslados de los cuerpos generales y especiales del personal de la Administración de justicia dentro de los plazos legalmente regulados, siendo reiterado dicho incumplimiento sin ningún motivo justificativo.

Concretamente en el actual concurso de traslados genérico de cuerpos generales del año 2023,  se publicó su convocatoria en  el BOE del día 9-10-2023; hasta la fecha no existe resolución provisional de dicha convocatoria, convocatoria que debió efectuarse dentro del primer trimestre del año 2023.

Por lo tanto si no se resuelve de manera inminente la resolución  provisionalmente del concurso  del año 2023 y tras las alegaciones oportunas, no se resuelva con agilidad la resolución definitiva y tomas de posesión, el Ministerio de Justicia volverá nuevamente y de manera reiterada  a incumplir la convocatoria en plazo del concurso de traslados del año 2024 por ser imposible convocarlo dentro del primer trimestre del año en curso.

Este retraso en la convocatoria del concurso de cuerpos generales se viene produciendo con asiduidad desde hace años, así, el de 2022 se publicó en el BOE del 3 de septiembre, el de 2021 en BOE del 13 de octubre, el de 2020 en el BOE del 1 de septiembre, el de 2019 en el BOE del 18 de julio, el de 2018 en el BOE del 23 de julio, el de 2017 en el BOE del 7 de julio, etc., etc.

Pero aún peor es la situación en relación con los cuerpos especiales de Facultativos, Técnicos Especialistas de Laboratorio y Ayudantes de Laboratorio del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses (también en el ámbito de aplicación del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre que luego se citará) para los que no se convoca concurso de traslado desde el publicado en el BOE de 15 de octubre de 2021, tras varios años sin convocatoria.

Es por todo ello que hemos solicitado la intervención del Defensor del Pueblo mediante la queja que hemos presentado desde CCOO para que inste al Ministerio de Justicia a rectificar este reiterado incumplimiento de la normativa vigente y le requiera para que cumpla los plazos establecidos en las próximas convocatorias



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