31 ene 2025

CONCURSO OPOSICIÓN. AUXILIO-TRAMITACIÓN-GESTIÓN. BOE RELACIÓN PERSONAS APROBADAS

    

AUXILIO-TRAMITACIÓN-GESTIÓN

 Orden JUS/1237/2022: 

PUBLICACIÓN BOE RELACIÓN DE PERSONAS APROBADAS


Estimadas compañeras y compañeros: 


En el BOE de hoy, 31 de enero, se ha publicado:


II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES

Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia

· Orden PJC/91/2025, de 24 de enero, por la que se publica la relación de personas aprobadas en el proceso selectivo extraordinario para acceso, por el turno libre, al Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, por el sistema de concurso oposición, convocado por Orden JUS/1327/2022, de 28 de diciembre.

PDF (BOE-A-2025-1746 - 14 págs. - 839 KB)


Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia

· Orden PJC/92/2025, de 24 de enero, por la que se publica la relación de personas aprobadas en el proceso selectivo extraordinario para acceso, por el turno libre, al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, por el sistema de concurso-oposición, convocado por Orden JUS/1327/2022, de 28 de diciembre.

PDF (BOE-A-2025-1747 - 10 págs. - 569 KB)


Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia

· Orden PJC/93/2025, de 24 de enero, por la que se publica la relación de personas aprobadas en el proceso selectivo extraordinario para acceso, por el turno libre, al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, por el sistema de concurso oposición, convocado por Orden JUS/1327/2022, de 28 de diciembre.

PDF (BOE-A-2025-1748 - 15 págs. - 816 KB)



En el plazo de diez días hábiles, desde la publicación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado», las personas aspirantes que figuran en el anexo I presentarán en el Registro General de este Ministerio, calle de La Bolsa, número 8, código postal 28071 de Madrid, o bien, en los Registros de cualquiera de los órganos previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y dirigida a la Unidad EA0041037-Oficina O00011588-Medios Personales. Procesos Selectivos,(https://reg.redsara.es/) la siguiente documentación: 

  • a) Las personas aspirantes que tengan la condición legal de personas con discapacidad, con grado igual o superior al 33 por 100, deberán presentar certificación de los órganos competentes que acredite tal condición (en caso de que ésta no se haya acreditado con anterioridad) y certificado médico oficial que acredite su capacidad funcional para desempeñar las tareas y funciones propias del Cuerpo por el que se presentan. 
  • b) Certificado médico oficial que acredite su capacidad funcional para desempeñar las tareas y funciones propias del Cuerpo. 

  • c) Las personas aspirantes que, en su solicitud de participación inicial, no hayan prestado expresamente su consentimiento para que los datos referidos a su identificación personal y a sus titulaciones o certificaciones académicas puedan ser consultados y verificados de oficio por el órgano instructor de este proceso selectivo, deberán aportar también:
    • Copia auténtica del documento nacional de identidad, o equivalente.

    • Copia auténtica del título exigido en la convocatoria o certificación académica acreditativa de tener aprobadas todas las asignaturas que le capacitan para la obtención del mismo, acompañando el resguardo justificativo de haber abonado los derechos para su expedición. 

  • d) En el supuesto de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá presentarse copia auténtica de la documentación que acredite su homologación, o en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia.
  • e) Declaración jurada de no hallarse comprendido en causa de incompatibilidad ni estar inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, en vía disciplinaria o judicial, ni haber sido separado mediante procedimiento disciplinario de ninguno de los Cuerpos al servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, salvo que hubiera sido rehabilitado (anexo II).


Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo causa de fuerza mayor, no presentaren la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos establecidos, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera y quedaran anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren podido incurrir por falsedad en la solicitud inicial. 

La petición de destinos se realizará de acuerdo con las instrucciones contenidas en la Resolución de la Directora General para el Servicio Público de Justicia que oferte vacantes a las personas aspirantes aprobadas. Toda la información relacionada con los diferentes aspectos del desarrollo del procedimiento de nombramiento como personal funcionario de carrera se publicará en la página web del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición, ante este Ministerio, en el plazo de un mes, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o bien recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses. El plazo, en ambos casos, se contará a partir del día siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado».











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