10 abr 2025

LA DAJ IMPONE SIN NEGOCIACIÓN SU MODELO DE IMPLANTACION DE TRIBUNALES DE INSTANCIA (REUNIONES 7 Y 9 DE ABRIL)

    

TRAS DOS REUNIONES CON EL GOBIERNO VASCO -MESA SECTORIAL EL 7 DE ABRIL Y REUNIÓN CON LA CONSEJERA EL 9 DE ABRIL

 CONSIDERAMOS INEXISTENTE LA NEGOCIACIÓN DE LA IMPLANTACIÓN DE LOS TRIBUNALES DE INSTANCIA, PUES NO GARANTIZAN LOS REFUERZOS, SE NIEGAN A ANALIZAR LAS CARGAS DE TRABAJO Y A REALIZAR LA PREVIA VALORACIÓN DE PUESTOS Y SE ELIMINAN LOS SERVICIOS DE EJECUCIÓN SIN NINGUNA JUSTIFICACIÓN


Estimadas compañeras y compañeros:

Perdonad la extensión de la hoja informativa, pero es de gran importancia lo que queremos transmitiros:

El pasado 7 de abril los sindicatos fuimos convocados para negociar las Relaciones de Puestos de Trabajo para Registros Civiles y Oficinas Municipales, que ya adelantamos que tanto CCOO como el resto de sindicatos no aprobamos.

 

I.- RPT DE LOS REGISTROS CIVILES

Reclamamos que exista en todas las oficinas de registro civil un gestor, que es el único legitimado para realizar el trámite de calificación previa. Y la creación de la figura de un gestor responsable en las oficinas con diez o más trabajadores. 

Para CCOO es necesaria una verdadera negociación de las Relaciones de Puestos de Trabajo (RPTs), incluyendo los refuerzos actuales con independencia del tiempo que lleven en los mismos y, paralelamente, el inicio de la negociación de la valoración de puestos empezando por monografías y manual de valoración, sin esperar a la implantación de los tribunales de instancia. Os recordamos que la Oficina General de Registro civil queda fuera de la Oficina de Justicia y que la carga de trabajo se ha visto incrementada tras la implantación de DICIREG.

El compromiso inicial del Departamento era consolidar los refuerzos que llevan más de tres años en los Registros Civiles de Amurrio, Durango y Barakaldo, sin garantizar la continuidad del resto de refuerzos actuales. A fecha 2 de abril, en el listado que nos remitieron, todos los Registros Civiles tienen personal de refuerzo (3 en Barakaldo, 2 en Donostia, Vitoria, Tolosa, Durango y en Bilbao, y 1 en el resto).

Es particularmente sangrante no consolidar el refuerzo de Balmaseda puesto que, al transformarse el Registro Civil en una oficina general separada del Servicio Común de Tramitación (SECOTRAM), la persona que ahora trabaja en esta oficina no tiene garantizada la sustitución a futuro en caso de permisos o licencias si no se renueva el refuerzo o si no se consolida.

Para CCOO, la dotación mínima en los Registros Civiles debería ser:

  • En Amurrio y Balmaseda, 1 Tramitador y 1 Gestor, transformando en RPT el refuerzo actual de Tramitación, pero en el cuerpo de Gestión.
  • En Azpeitia, actualmente con 2 Tramitadores que llevan Registro Civil por RPT, modificar uno de ellos y transformarlo a un puesto y dotación de Gestor.
  • Bergara, Tolosa y Gernika: 1 Gestor y 1 Tramitador
  • Durango: 1 Gestor y 2 Tramitadores, más un refuerzo de tramitación que se consolida.
  • Irun y Getxo: 2 Gestores y 2 Tramitadores
  • Barakaldo: 3 Gestores, 5 Tramitadores y 1 Auxilio, más un refuerzo de tramitación que se consolida.
  • Vitoria: 1 Gestor Responsable, 3 Gestores, 8 Tramitadores y 1 Auxilio
  • Donostia: 1 Gestor Responsable, 3 Gestores, 10 Tramitadores y 1 Auxilio
  • Bilbao: 1 LAJ Encargado, 1 Gestor Responsable, 6 Gestores, 14 Tramitadores, 2 Auxilios

 

Esta sería la dotación mínima que hemos propuesto, pero, además, reclamamos el mantenimiento de los refuerzos actuales, o incluso la transformación en plantilla vía RPT de alguno de los existentes debido a las cargas de trabajo, petición de CCOO que no ha aceptado el Departamento porque no llevan más de 3 años.

Los refuerzos han sido consecuencia de la implantación del nuevo sistema DICIREG, pero al Gobierno Vasco solo le ha importado que todos y cada uno de los Registros Civiles lo tuvieran cuanto antes implantado sin negociar las condiciones de su implantación, ni los medios personales y materiales necesarios, o la calidad y legalidad del trabajo que se realiza. Decimos esto porque, como podréis ver en este escrito remitido el pasado 17 de enero de 2025 al Secretario de Estado de Justicia, denunciamos las condiciones en las que se ha realizado la transición al nuevo modelo de Registro Civil, ya que ante la imposibilidad material de que el Encargado o Encargada de la Oficina de Registro Civil califique todos y cada uno de los documentos, escritos y declaraciones, realmente es el personal de la Administración de Justicia que presta servicio en el Registro Civil, en particular el personal de Gestión, el que realiza una función de precalificación y sólo se consultan con el Encargado o Encargada los supuestos más dudosos.

De hecho, entre las funciones del personal del Cuerpo de Gestión en las Oficinas de Registro Civil, según el documento “Definición de la Oficina del Registro Civil”, están el estudio y precalificación de escritos, declaraciones y documentos, así como gestionar la tramitación de los procedimientos, bajo la dirección y supervisión del Encargado, en particular cuando determinados aspectos exijan una interpretación de ley o de normas registrales, sustantivas o administrativas. Esta precalificación resulta esencial, pues normalmente no hay otra sobre el asiento a practicar, ya que el Encargado o Encargada normalmente se limita a firmar el asiento, tanto antes como ahora con DICIREG de forma electrónica.

Por otro lado, CCOO planteó, con arreglo a nuestra normativa, la modificación de los perfiles lingüísticos en la oficina general de Registro Civil de Getxo y de Donostia debido a que el porcentaje de puestos singularizados que tiene la RPT propuesta está muy por encima de los Índice de Obligado Cumplimiento (IOC) del plan general de normalización lingüística. En Getxo, el 100% de las plazas de Registro Civil tiene asignado un perfil, cuando el IOC de la localidad es del 49,22% y en Donostia el 71,42% de las plazas, cuando el IOC es de 58,70 %.  Nuestra propuesta no es reducir plazas perfiladas, sino trasladarlas a otros puestos del partido judicial garantizando la atención en euskera en el conjunto del partido judicial y no solo en el Registro Civil, evitando de esta manera, además, posibles problemas para su provisión en el acoplamiento, y posibilitando que personal titular sin perfil lingüístico que lo desee pudiera en un futuro acceder a estos destinos.


II.- RPT DE LAS OFICINAS DE JUSTICIA MUNICIPAL

En el caso de estos centros de destino, la falta de negociación es más grave porque la DT 6ª de la LO 1/2025 obliga a que, llegada la fecha de la implantación de los Tribunales de Instancia, los Juzgados de Paz y Agrupaciones de Juzgados de Paz respectivos se transformen automáticamente en Oficinas de Justicia Municipal. Además, el apartado 2º de la DispTransit. 6ª exige que las RPT estén aprobadas el 23 de abril de 2025.

Para el Gobierno Vasco es la excusa perfecta para negarse a negociar las RPT de las Oficinas de Justicia Municipal. Para CCOO es un error más de esta ley, porque las necesidades de personal en estas oficinas deberían determinarse teniendo en cuenta su carga de trabajo como oficina colaboradora de Registro Civil, y esto no quedará claro hasta que se apruebe el nuevo Reglamento de Registro Civil. También debería tenerse en cuenta el número de municipios y de población al que tendrán que dar asistencia.

Por ello, para CCOO el modelo de las Oficinas de Justicia Municipal debe ser también debatido y negociado teniendo en cuenta el personal actual y las nuevas funciones que se prevén en el art. 439 quater apartado segundo, que obliga a que las Oficinas de Justicia Municipales se encarguen, siempre y cuando “las herramientas informáticas y los medios materiales e instrumentales lo permitan”, de:

a) La práctica de actuaciones procesales con residentes o personas que desarrollen su profesión o trabajo en el municipio, que deban llevarse a cabo mediante videoconferencia u otros sistemas de telepresencia incluida la intervención en actos de conciliación y derivados de expedientes de jurisdicción voluntaria.

b) La recepción de las solicitudes de reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita y su remisión a los Colegios de la Abogacía encargados de su tramitación, así como las restantes actuaciones que puedan servir de apoyo a la gestión de estas solicitudes y su comunicación a los interesados.

c) Las solicitudes o gestión de peticiones de la ciudadanía, dirigidas a las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia u órganos equivalentes en aquellas comunidades que tienen asumidas competencias en materia de Justicia.

d) La colaboración con las unidades de medios adecuados de solución de controversias existentes en su ámbito territorial, en coordinación con la Administración prestacional competente.

e) La colaboración con las Administraciones públicas competentes para que, en cuanto el desarrollo de las herramientas informáticas lo permita, se facilite a jueces, juezas, magistrados y magistradas, fiscales, letrados y letradas de la Administración de Justicia y al personal al servicio de la Administración de Justicia que no esté integrado en las relaciones de puestos de trabajo de dichas Oficinas, el desempeño ocasional de su actividad laboral en estas instalaciones, comunicando telemáticamente con sus respectivos puestos.

f) Aquellos otros servicios que figuren en convenios de colaboración entre diferentes Administraciones Públicas.

De la misma manera que para las RPT de los Registros Civiles, reclamamos, antes de aprobar estas RPT de las OJM, la negociación de la valoración de puestos en la que especialmente deberán quedar reconocidas retributivamente las funciones y tareas que tanto por el Cuerpo de Gestión como por el de Auxilio llevan a cabo para la notificación y ejecución de las resoluciones y que en los SCACE sí se retribuyen vía complemento, así como las sustituciones sin relevación de funciones que se realizan entre Gestores Secretarios de Juzgados de Paz sin ningún tipo de retribución. Sin olvidar que, igual que en los Registros Civiles, también aquí se valoren las nuevas funciones y tareas que con el DICIREG DEBEN REALIZARSE, con base en una Delegación no aprobada ni publicada legalmente, tal y como denunciábamos, también en el  escrito de 17 de enero de 2025, poniendo en conocimiento del Secretario de Estado de Justicia que muchos Encargados y Encargadas de las Oficinas Generales están encomendando con carácter general a las Oficinas Colaboradoras  (estén o no servidas por personal de la Administración de Justicia) la realización de los borradores de cualquier tipo de asiento, no sólo de capturas de antecedentes, así como juras de nacionalidad y tramitación de expedientes de matrimonio civil.


III.- RUEGOS Y PREGUNTAS:

ACOPLAMIENTO: No nos han garantizado cómo se va a realizar, ya que aún están estudiando los modelos para elegir uno, el del Ministerio o el que se usó en la NOJ.

- Admiten la realización de la valoración de puestos de trabajo, pero no previamente a la aprobación de las RPT. Y que se externalizará.

La implantación por partidos judiciales de los Tribunales de Instancia va a ser PROGRESIVA. Es decir, no todos van a empezar en la misma fecha. Se han comprometido a enviarnos un calendario de implantación, pero parece que los más pequeños -Amurrio, Azpeitia y Balmaseda- serán los primeros, a partir del 1 de julio y los demás, seguramente, se irán a septiembre, sin concretar aún ninguna fecha.

- GESTIÓN DEL CAMBIO: manifiestan su voluntad de visitar los Juzgados para explicar los cambios y el modelo elegido. Aseguran que habrá formación antes del arranque y que están trabajando para que Avantius esté lo más preparado posible para la implantación. Hoy mismo nos han trasladado el siguiente calendario:

8 mayo: Azpeitia y Tolosa

14 mayo: Balmaseda y Amurrio

15 mayo: Bergara

22 mayo: Durango, Gernika

29 mayo: Irún

4 junio: Getxo

5 junio: Vitoria-Gasteiz

13 junio: Donostia san Sebastián

19 junio: Éibar,  Barakaldo

2 julio: Bilbao

- MEDIOS MATERIALES Y EDIFICIOS: se están analizando, pero esto llevará tiempo.



IV.- 9 DE ABRIL. REUNIÓN CON LA CONSEJERA SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LOS SERVICIOS DE EJECUCIÓN

Ayer, 9 de abril, nos reunimos con la Consejera para pedirle que cambiara de opinión y decidiera mantener los Servicios de Ejecución; pero la decisión ya está tomada y no hay vuelta atrás.

A pesar de todos nuestros esfuerzos, la decisión de eliminar todos los Servicios de Ejecución es definitiva. Para CCOO, el motivo está claro: ir eliminando los refuerzos existentes y ahorrar en esa partida de personal. Esta misma semana nos hemos enterado de han comunicado la no renovación a 2 de los refuerzos del listado que se nos remitió asegurando que todos ellos consolidarían por llevar más de 3 años, por lo que ni siquiera podemos creernos que vayan a mantener esos refuerzos.

En cambio, al Departamento no le importa dedicar gran parte del presupuesto a las modificaciones estructurales que conlleva el cambio físico del personal que presta sus servicios en estos Servicios de Ejecución al SECOTRAM, ni en los cambios necesarios para ello en el sistema de gestión procesal Avantius.

Es una muy mala noticia tanto para el personal de justicia, que pierde un centro de destino y la formación y especialización que ha atesorado durante todos estos años de NOJ, como para la ciudadanía, que va a ver reducidas las garantías de ver ejecutadas las sentencias y demás resoluciones que tanto les ha costado conseguir.

Sorprendentemente, tanto la Consejera como la asesora nos han trasladado que se mantendrán y no se eliminarán las llamadas Oficinas de Ejecutorias Penales que existen en Bilbao y en Donostia, es decir, el Juzgado de lo Penal nº 7 de Bilbao y la UPAD Penal nº 4 de Donostia. La razón que esgrimen es que la LO 1/2025 establece una plaza de magistrado para ejecutorias en los Tribunales de Instancia de estas 2 capitales. Esto es una prueba más de a quién quieren beneficiar con la implantación de esta nueva organización.

A pesar de que CCOO ha luchado en solitario para parar tanto la tramitación como la aprobación de esta LEY, que ahora permite al Gobierno Vasco eliminar los Servicios de Ejecución, el apoyo de los partidos vascos a la misma y los acuerdos firmados por algunos sindicatos nos han dejado en esta situación.

El Gobierno Vasco insiste en ahorrarse dinero en la contratación de los refuerzos, dando por bueno que los puestos de trabajo estarán sobrecargados y que se prestará un deficiente servicio de justicia a la ciudadanía.


¡Y no será porque no les hemos trasladado muchas propuestas y alternativas!

La última es que, como mal menor, se cree un Equipo de Ejecución dentro del SECOTRAM reconocido en las RPTs a efectos de acoplamiento y de centro de destino.

Afirman que estudiarán las propuestas que vayamos trasladando.


 




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