CCOO EXIGE AL MINISTERIO DE JUSTICIA QUE LAS RETRIBUCIONES SE EXTIENDAN AL CUERPO DE GESTIÓN Y TAMBIÉN AL RESTO DE CUERPOS SI TUVIERAN QUE PARTICIPAR EN ALGUNA DILIGENCIA DE ENTRADA Y REGISTRO
CCOO también ha
solicitado al Ministerio que en las localidades en las que no existen guardias
de 24 o 48 horas estas retribuciones se hagan extensivas al personal de
cualquier cuerpo que participe en las diligencias de entrada y registro fuera
de las horas de permanencia obligatoria en la sede judicial
CCOO no va a aceptar bajo ningún concepto
que que no se prevea la misma retribución para el personal de todos los cuerpos
que eventualmente tengan que participar en las diligencias de entrada y
registro.
Para CCOO
cualquier retribución extraordinaria que se asigne tiene que ser
obligatoriamente reconocida para todo el personal que tenga intervención en las
actuaciones, tanto en este caso del plan de actuación para las diligencias
de entrada y registro como en reparto del complemento de productividad que
percibe el cuerpo de Letrados por actuaciones que son desarrolladas
conjuntamente por todos los integrantes de las oficinas judiciales.
ALEGACIONES REMITIDAS AL MINISTERIO POR CCOO
A LA RESOLUCIÓN DEL
DIRECTOR GENERAL DE RELACIONES CON LA ADMINISTRACIÓN DE
JUSTICIA POR LA QUE SE
ESTABLECE UN PLAN CONCRETO DE ACTUACIÓN PARA LA RETRIBUCIÓN DE LAS
ENTRADAS Y REGISTROS SIMULTÁNEAS REALIZADAS POR LETRADOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE
JUSTICIA:
En relación con las personas destinatarias objetivas de
este plan de actuación, CCOO considera que es impresentable que el Ministerio
de Justicia, conociendo obviamente que no solo el personal del Cuerpo de
Letrados, sino también el del Cuerpo de Gestión, por delegación de aquél,
asiste o puede asistir a las diligencias de entrada y registro, el plan y las
retribuciones derivadas del mismo solo se prevea para los Letrados y Letradas,
incidiendo nuevamente en su política de asignar, como se viene haciendo con la
productividad, las retribuciones extraordinarias a uno solo de los cuerpos sin
tener voluntad alguna de reconocer que el trabajo diario en los juzgados y
tribunales se realiza en equipo por personal de todos y cada uno de los
cuerpos.
Junto a esta circunstancia, tenemos noticias de que en
determinadas ocasiones, las y los Letrados de la Administración de
Justicia requieren la colaboración de los cuerpos de Tramitación y Auxilio para
que asistan a las diligencias de entrada y registro.
En conclusión, este plan de actuación y cualquier otra
asignación retributiva que se acuerde debe hacerse extensiva a cualquier
persona funcionaria, sea del cuerpo que sea, que participe en la práctica de
las diligencias correspondientes, en este caso en las diligencias de entrada y
registro.
En otro orden de cosas, el plan de actuación dispone en
su punto primero que el mismo va dirigido a los Letrados o Letradas, que
realicen la entrada y registro fuera de su periodo de guardia pero entendemos
que la peculiaridad de esta diligencia y su especial penosidad debe ser tenida
en cuenta ampliando el ámbito de este plan al personal funcionario de cualquier
cuerpo que participe en una diligencia de entrada y registro fuera de las horas
de guardia de obligada presencia, es decir, que aquellos funcionarios y funcionarias de cualquier cuerpo que
participen en una diligencia de entrada y registro fuera de su periodo de
guardia o durante las horas de disponibilidad de su periodo de guardia percibirán
la cuantía que se determine en el plan de actuación.
Esta propuesta se formula en base a que entendemos que
el plan de actuación tal y como viene diseñado debe tener también una
repercusión en el personal funcionario de las poblaciones en las que no se
realizan guardias de 48 ó 24 horas, sino de disponibilidad o de disponibilidad
y permanencia donde las condiciones de trabajo y las retribuciones por guardia
no se corresponden en términos comparativos con las de las grandes ciudades.
En este mismo sentido la cuantía de la retribución debe
incrementarse en estos casos fijándose la cantidad de 30 euros para cada hora o
fracción de duración de la diligencia de entrada y registro.
En resumen, CCOO propone la modificación del punto
primero de este plan de actuación que se redactará en el siguiente sentido:
“El personal funcionario de los
cuerpos de Letrados de la
Administración de Justicia, de Gestión Procesal y
Administrativa, de Tramitación Procesal y Administrativa y de Auxilio Judicial
que tenga participación en entradas y registros simultáneos fuera de su período
de guardia, percibirá la cuantía de 30 euros por cada diligencia para la que
sea llamado.
En las localidades en que el
servicio de guardia sea de disponibilidad o de disponibilidad y permanencia, el
personal de los cuerpos mencionados que tenga participación en entradas y
registros fuera de su período de guardia o, estando de guarida, fuera de las
horas de obligada permanencia en la sede judicial, percibirán la cuantía de 30
euros por cada hora de duración de la diligencia o fracción.”
Por último, no podemos dejar pasar estas alegaciones
sin manifestar nuestra más enérgica protesta por el desatino que ha supuesto la
publicación con carácter previo en el Portal de la Administración de
Justicia de la Resolución
que ahora se nos pasa a informe. Esta actuación no carece de importancia para
CCOO. Por una parte confirma nuestras reiteradas denuncias en relación con que
en la Secretaría
General se subestima y se ningunea no solo la participación de
las organizaciones sindicales en el diseño de las condiciones de trabajo del
personal del cuerpo de Letrados si no que, lo que es mucho más grave, se ha
conculcado con esa publicación de la resolución, afortunadamente retirada, el
derecho a la negociación colectiva de los empleados públicos afectados a través
de sus legítimos representantes sindicales, derecho que, como han reiterado
infinidad de sentencias de Tribunal Supremo forma parte sustancial del derecho
fundamental a la libertad sindical recogido en la Constitución
Española.
Dudamos de que se haya tratado de un simple error y
esperamos una corrección rápida y contundente de este tipo de actuaciones y que
el Ministerio de Justicia muestre su buena voluntad y su buena fe negociadora
aceptando alguna de las alegaciones que, como en este caso, estamos formulando
con total coherencia, legitimidad y, desde nuestro punto de vista,
asistiéndonos la razón en nuestras propuestas.