El Ministerio de Justicia convoca una primera reunión de mesa sectorial para abordar el impacto de la Ley 20/2011, de medidas urgentes para reducir la temporalidad en el empleo público, en los procesos selectivos de la OEP pendientes de convocar en la Administración de Justicia.
Desde CCOO hemos
reclamado en nuestra primera intervención al Ministerio, la convocatoria de la
oferta extraordinaria de promoción interna pendiente del acuerdo de 2018 que os
adjuntamos en el siguiente enlace Acuerdo con MJU 2018 sobre ope 2017-19 y la urgente modificación de la LOPJ
para que el acceso por promoción interna no sea más dificultoso que el acceso
por el turno libre.
A la reunión de Mesa Sectorial de
Negociación celebrada ayer, por el Ministerio de Justicia asistieron el nuevo Secretario de Estado de Justicia y
el nuevo secretario general
para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, ambos nombrados tras la
dimisión de los anteriores tras el escándalo por el engaño e incumplimiento del
Acuerdo que se había alcanzado en el mes de septiembre sobre incremento del
complemento específico del ámbito no transferido.
En relación con el impacto de la Ley
20/21 de reducción de la temporalidad en el empleo público, en los procesos
selectivos de las OEPs pendientes de convocatoria en la Administración de
Justicia, la reunión ha sido meramente
informativa:
El Ministerio formuló únicamente varias dudas y reflexiones y prácticamente no formuló propuestas concretas argumentando que están elaborando el documento que será objeto de negociación y hablando con todas las Comunidades Autónomas dado que situación de tasa de temporalidad es muy dispar entre ellas, la permanencia en los puestos de forma temporal tampoco responde a los mismos criterios y no tiene la misma duración y ello les complica la relación y armonización de los datos.
Entre las cuestiones planteadas por el Ministerio, asegurando que no
tienen tomada ninguna decisión, han sido las siguientes:
- Convocar la OEP DE 2019 de forma independiente, no
acumulada a otras OEPs pero debiendo matizar algunos extremos del Acuerdo
de 4 de diciembre de 2018 de la Mesa Sectorial relativo a los procesos
selectivos de las Ofertas de Empleo Público de 2017, 2018 (acumuladas y ya finalizadas salvo la
del cuerpo de Auxilio Judicial aún pendiente de resolución definitiva) y la de 2019.
- Que de las
plazas de la OEP de 2019 habría que desagregar aquéllas que, en cada
ámbito territorial, hubieran estado ocupadas con carácter temporal de
forma ininterrumpida con anterioridad a 1 de enero de 2016 y que
deberán ser convocadas, con carácter excepcional y por una sola vez,
mediante el sistema de concurso (sistema incorporado en la tramitación parlamentaria por los grupos
parlamentarios y que CCOO no ha propuesto ni ha negociado).
- Mantener, como establece el Acuerdo de 4 de
diciembre de 2018, el concurso-oposición para la OEP de 2019 pero plantea,
para agilizar los procesos selectivos, la posibilidad de eliminar la
baremación de las titulaciones académicas y, plantea, sobre todo, de la
formación porque, además de retrasar
la resolución definitiva de las oposiciones, se presentan disparidad de
cursos de todo tipo sobre los que
hay disparidad de valoraciones por los tribunales y ello podría afectar
al principio de igualdad.
- Plantea que la promoción interna no está afectada
por los procesos de estabilización y que se mantendría sin modificación
como en la última convocatoria.
- Mantener en el proceso selectivo de la OEP de 2019,
la reserva de nota de los ejercicios de la anterior convocatoria aunque ha
planteado, injustificada e inexplicablemente como si fuera un problema la reserva de
la nota, el elevadísimo número de opositores/as que han superado la fase
de oposición en el último proceso selectivo convocado (OEP 2017-2018) y no
han obtenido plaza (según los datos del Ministerio, en Gestión el número
ha sido ajustado a las plazas convocadas pero, en Tramitación, superaron
la oposición sin obtener plaza, 6.344 participantes y, en Auxilio con
datos provisionales, serían unos 7.790.
- Negociar más adelante las bases de las convocatorias
de las OEP 2020 y 2021 que, afirma, no estarían afectadas por el proceso extraordinario
de estabilización aunque, sin ninguna explicación, plantea que sí estaría
afectada la OEP de 2022.
- En el proceso de estabilización por concurso-oposición
plantea la posibilidad de acumular todos los ejercicios en una sola prueba
sin que ninguno sea eliminatorio aunque sí sería eliminatoria la fase de oposición para pasar al concurso en función de la
nota de corte que se negocie.
- El ministerio no ha dado ningún dato (ha reconocido que nos los tiene y que
los incorporará al documento que se negocie) sobre el número e
identificación concreta de estas plazas que se convocará por el
sistema extraordinario de concurso (las
ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida con
anterioridad a 1 de enero de 2016) ni sobre los criterios
para su desarrollo que deben ser negociados, ni sobre fechas de su convocatoria
aunque son conscientes de que deben convocarse antes del día 1 de junio de
2022. Tampoco ha
facilitado los datos sobre
las plazas ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en
los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2020 que se convocarán al concurso
–oposición.
- Plantea que debe modificarse la LOPJ para acomodarla
a la Ley 20/2021 de reducción del empleo temporal en la Administración de
Justicia en cuanto a los sistema de provisión de puestos y procesos
selectivos.
Ante las contradicciones, inconcreción e incertidumbre del Ministerio de
Justicia, a la espera de la presentación del documento que, según ha afirmado,
está elaborando para su negociación en Mesa Sectorial, desde CCOO hemos planteado:
1º) Con carácter previo hemos denunciado el ataque, una vez más del Ministerio
de Justicia al personal funcionario de la Administración de Justicia y, en
concreto, a su derecho a la promoción
interna, así como el incumplimiento de los Acuerdos firmados. Ataque que se ha demostrado en la publicación
de la convocatoria de los procesos selectivos de Letrados de la Administración
de Justicia correspondientes a las OEPs 2019, 2020 y 2021, de forma unilateral
y sin negociación previa. Dicha publicación, incumple además el Acuerdo firmado por CCOO y resto de sindicatos de la Mesa
Sectorial el 4 de diciembre de 2018 en
relación con el modo de desarrollo del proceso selectivo como en cuanto a la convocatoria de una oferta extraordinaria de promoción
interna también para el cuerpo de LAJ.
CCOO ha anunciado que
los Servicios Jurídicos del sindicato están estudiando los recursos que hubiera
lugar contra esta convocatoria.
2º) En aplicación del citado acuerdo, debe negociarse y
convocarse sin demora una oferta extraordinaria de PROMOCIÓN INTERNA de los cuerpos de Gestión, Tramitación y Auxilio,
que incluya, al menos, el 60% de las plazas ofertadas en el turno libre en la
OEP de 2019. Además hemos exigido:
·
La modificación urgente de la
LOPJ para que se reponga, con carácter ordinario, el 50% de las plazas
convocadas por el turno libre para su convocatoria por promoción interna.
·
Que las plazas que no se cubran en el
proceso de promoción interna incrementen el número de plazas convocadas por el
turno libre.
·
Que se permita, al menos
excepcionalmente, el acceso por promoción interna a través de un concurso, sin
fase de oposición, pudiendo así evitarse la discriminación que supondría que
para determinadas plazas, pudiese accederse por concurso en el turno libre y
fuese necesario aprobar los exámenes de la oposición para acceder por promoción
interna, algo que para CCOO resulta
inadmisible.
3º) Que la
convocatoria de la OPE de 2019 está pactada en el Acuerdo
Administración-Sindicatos de diciembre de 2018 que es de obligado cumplimiento
para el Ministerio de Justicia, salvo que de forma también pactada se puedan
establecer algunas modificaciones. Es decir, que el Ministerio de Justicia
no debe hacer ninguna modificación unilateral que no esté pactada con las
organizaciones sindicales.
4º) Que es
urgente, imprescindible y obligatorio que el Ministerio de Justicia facilite los datos
concretos de cuántas y cuáles son las plazas afectadas por los procesos
de estabilización y con referencia plaza a plaza de la
causa y fecha que originó la cobertura
temporal. Ese dato debe ser público antes de comenzar las negociaciones para la
convocatoria del proceso de concurso que afecta a las plazas ocupadas
ininterrumpidamente con carácter temporal con anterioridad a 1 de enero de 2016
y para la convocatoria del concurso-oposición que afecta al resto de plazas
ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años
anteriores a 31 de diciembre de 2020, tanto las incluidas en las
plantillas y las RPTs como las de refuerzo.
5º) En estos dos procesos de estabilización debe negociarse
si las plazas ocupadas temporalmente por personal de carrera en comisión de
servicio o sustitución en los plazos señalados en el punto anterior, deben
formar parte también de la estabilización, además de las plazas ocupadas por
personal interino.
El Ministerio
de Justicia ha asegurado que remitirá por escrito sus propuestas a los
sindicatos representativos (aunque no
ha asegurado ninguna fecha porque plantea complejidad en la elaboración del
documento porque debe contar con las CCAA) y que convocará nueva reunión de
la Mesa Sectorial para comenzar realmente las negociaciones de estos procesos
selectivos.
Por último el Ministerio ha ANUNCIADO SU COMPROMISO DE NEGOCIAR, CON
CARÁCTER BÁSICO, LAS COMISIONES DE SERVICIO Y LAS SUSTITUCIONES añadiendo
también que sería necesaria la revisión de todos los mecanismos de provisional
temporal de los puestos de trabajo, incluido el nombramiento de personal
interino.
Como venimos reclamando desde hace años, CCOO ha planteado al Ministerio que también las comisiones de servicio y las sustituciones deben regirse por los principios de libre concurrencia, publicidad, igualdad mérito y capacidad y que deben eliminarse las exigencias de informes de los LAJ que, en la regulación actual de las comisiones de servicio, impiden que todo el personal funcionario esté en condiciones de igualdad para acceder a puestos de trabajo a los que podrían tener derecho.
Además, desde CCOO hemos vuelto a exigir que la regulación de las sustituciones deben garantizarse la percepción del 100% de las retribuciones por todos los conceptos retributivos del cuerpo superior (sueldo, trienios, complementos fijos y variables) y de las cotizaciones sociales (que en el caso el personal funcionario adscrito a clases pasivas no tienen ningún tipo de reconocimiento.
Aunque CCOO ha ganado varias sentencias
reconociendo el derecho del personal que sustituye en el cuerpo superior
a percibir el 100% de las pagas extraordinarias del cuerpo superior, el
sindicato sigue luchando en los tribunales, por el reconocimiento de los trienios y de las cotizaciones
sociales. Y lo ha hecho, interponiendo
un recurso de casación ante el Tribunal Supremo que está pendiente de
resolución.
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