ULTIMA HORA SOBRE EL CONVENIO DE ASISTENCIA SANITARIA PARA LOS MUTUALISTAS DE MUGEJU DURANTE EL AÑO 2025
Estimadas compañeras y compañeros:
En la página web de MUGEJU se ha publicado:
El viernes 27 de
diciembre se procedió a adjudicar el
nuevo concierto sanitario 2025-2026 a las Entidades Médicas ASISA, ADESLAS y
NUEVA MUTUA.
Una vez transcurrido
el plazo establecido por la normativa vigente, se procederá a la formalización
de los respectivos acuerdos con las entidades adjudicatarias.
A fin de salvaguardar
el interés general, desde la Mutualidad General Judicial se ha acordado la
continuidad del servicio, en aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre de
Contratos del Sector Público. Así, el 31 de diciembre de 2024 por la Gerencia
se firmó la continuidad del contrato 2022-2024 y se publicó en la plataforma de
contratación pública, quedando de esta
manera garantizada la asistencia sanitaria de todos los mutualistas, hasta la
formalización del nuevo contrato.
Adjuntamos además la comunicación, con una
explicación más extensa, que nos ha remitido la mutualidad.
Trascribimos lo más importante
a continuación:
Debido
al retraso producido en el proceso de contratación, se prevé que el nuevo concierto sanitario para los años 2025 y 2026 entre
en vigor en febrero, y no en enero, como estaba previsto inicialmente. Esto
significa que las entidades de seguro no están obligadas a presentar los catálogos
actualizados de proveedores hasta el 20 de enero.
Dada
la importancia para los mutualistas de conocer los catálogos de proveedores
antes de elegir una entidad médica, desde la Gerencia de MUGEJU hemos decidido abrir un segundo período de
cambio de entidad médica, que tendrá lugar durante el mes de febrero, y que
será adicional al período de cambio ordinario del mes de enero. Por tanto,
en 2025 habrá 2 plazos para solicitar cambio de entidad:
1º) ENERO DE 2025: CAMBIO
ORDINARIO DE ENTIDAD MÉDICA. La
solicitud se podrá realizar durante el mes de enero y el cambio será efectivo a
partir del 1 de febrero de 2025. Opciones:
·
INSS (sistema público de salud)
·
ASISA
·
ADESLAS
·
NUEVA MUTUA SANITARIA
Es MUY
IMPORTANTE que las personas mutualistas adscritas actualmente a DKV, SANITAS o MAPFRE
soliciten el cambio de entidad médica en ENERO, puesto que dichas entidades no prestarán
asistencia sanitaria a los mutualistas a partir de la entrada en vigor del
nuevo concierto.
Recordamos
que, tal y como establece la cláusula 8.1.2 del concierto en vigor actualmente (2022-2024),
DKV, SANITAS y MAPFRE deberán prestar asistencia sanitaria a mutualistas de MUGEJU
hasta el 31 de enero de 2025, con las excepciones recogidas en dicha cláusula:
“8.1.2.
Si la Entidad no suscribiera un nuevo concierto con MUGEJU para 2025,
continuará obligada por el contenido del presente concierto, para el colectivo
que tuviera adscrito al treinta y uno de diciembre de 2024, hasta el treinta y
uno de enero de 2025.
Además,
si a treinta y uno de enero de 2025 estuviese prestando una asistencia en
régimen de hospitalización o una asistencia por maternidad, cuando el parto
estuviese previsto para el mes de febrero, la Entidad quedará obligada a seguir
prestando la asistencia en régimen de hospitalización o la asistencia por
maternidad hasta el día en que, respectivamente, se produzca el alta o se
concluya la asistencia por maternidad, respectivamente. En el supuesto de que
la necesidad de hospitalización se prolongue, la Entidad asumirá la cobertura
hasta la finalización del mes de junio de 2025, fecha a partir de la cual la
nueva Entidad de adscripción asumirá la cobertura.
Está
obligación se extiende únicamente a los supuestos de hospitalización que
conlleven internamiento y a los supuestos de hospitalización domiciliaria”.
2º) FEBRERO DE 2025: CAMBIO
EXTRAORDINARIO DE ENTIDAD MÉDICA. La
solicitud se podrá realizar durante el mes de febrero y el cambio será efectivo
a partir del 1 de marzo de 2025.
Opciones:
·
INSS (sistema público de salud)
·
ASISA
·
ADESLAS
·
NUEVA MUTUA SANITARIA
Cada
mutualista titular podrá realizar en total 2 solicitudes de cambio de entidad
médica: una solicitud en enero y una solicitud en febrero. Dentro de cada
período de cambio (enero o febrero), no se permitirá modificar la solicitud una
vez realizada, por lo que recomendamos a los mutualistas que se aseguren de que
la entidad indicada en el formulario es la correcta.
Las
solicitudes deberán realizarse, preferentemente, a través de la sede
electrónica de MUGEJU (acceder a la pestaña “online” y pulsar el botón “iniciar
trámite”). Las personas mutualistas en activo, deberán realizar las solicitudes
a través de medios electrónicos, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.2 e)
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas. Las personas pensionistas o que puedan justificar
problemas de acceso a los medios electrónicos, podrán presentar las solicitudes
presencialmente en las oficinas de MUGEJU o en cualquiera de los demás lugares previstos
en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015. Recordamos que en las oficinas de Madrid
(C/ Fuencarral, 45) y Barcelona (C/ Roger de Flor, 62) es necesario solicitar
cita previa. Aquellas personas que acudan sin cita previa serán atendidas
después de aquellas que sí tengan cita y como máximo hasta las 14h”.
Asimismo,
el día 2 de enero se ha procedido a publicar en la página web de MUGEJU
información para los mutualistas, referente a la publicación en la plataforma
de contratación la adjudicación del contrato a ASISA, ADESLAS y NUEVA MUTUA;
así como la orden de continuidad para ASISA, ADESLAS, NUEVA MUTUA, SANITAS, DKV
y MAPFRE.